Visto el expediente incoado en esta delegación provincial, a petición de la empresa Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio en Vigo, solicitando declaración de utilidad pública, para el establecimiento de una L.M.T. al C.T. de Mato, ayuntamiento de Lalín, con las siguientes características:
L.M.T., aérea, a 20 kV, de 577 m de longitud, con conductor tipo LA-30, sobre apoyos de hormigón, desde el poste n. 19 de la L.M.T. Bendoiro-Meixome-Berres hasta el C.T. de Mato, ayuntamiento de Lalín, cuya autorización administrativa es de fecha 27-7-1992 (expediente 16/1992 A.T.) y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del reglamento aprobado por el Decreto 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, esta delegación provincial, resolvió:
Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que más arriba se cita, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.
Pontevedra, 23 de septiembre de 1966.
Ramón Álvarez Abad
Delegado provincial de Pontevedra
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