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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 05 de noviembre de 1996 Pág. 9.833

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 385/1996, de 17 de octubre, por el que se crea el Instituto Universitario de Investigaciones Tecnológicas en la Universidad de Santiago de Compostela.

La Ley 11/1989, de 20 de julio, de ordenación del sistema universitario de Galicia, (DOG nº 156, del 16 de agosto), supuso la realización de una planificación general del sistema. A esta planificación contribuyeron decisivamente los Decretos 192/1993, do 29 de julio, por el que se ajustan titulaciones impartidas en la Comunidad Autónoma, se concede autorización de nuevos estudios y se crean más centros en el sistema universitario de Galicia, (DOG del 17 de agosto); el Decreto 250/1994, de 29 de julio, por el que se ajustan titulaciones impartidas en la Comunidade Autónoma y se concede autorización de nuevos estudios en el sistema universitario de Galicia; y el Decreto 282/1995, de 19 de octubre, por el que se crean centros y se concede autorización para implantar estudios conducentes a titulaciones nuevas en el sistema universitario de Galicia.

Una vez terminado el proceso de expansión del sistema universitario de Galicia se trabaja a favor de su consolidación atendiendo expresamente a los problemas derivados de la definición específica de cada campus.

En este decreto, se crea el Instituto Universitario de Investigaciones Tecnológicas que tiene como objetivo la promoción de la investigación aplicada, la especialización de investigadores y la prestación de servicios en las áreas tecnológicas de procesos y automatización industrial, inteligencia artificial, computación e instrumentación avanzada, medio ambiente y recursos naturales, favoreciendo la orientación tecnológica en la Universidad de Santiago de Compostela.

Por todo ello, en aplicación del artículo 10.2º de la Ley orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, a propuesta del Consejo Social de la Universidad, con el informe del Consejo de Universidades y oído el Consejo Universitario de Galicia, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero (DOG nº 23, del 21 de marzo), reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre (DOG nº 208, del 28 de octubre) a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se crea, en la Universidad de Santiago de Compostela, en su campus de Santiago de Compostela, el Instituto Universitario de Investigaciones Tecnológicas.

Artículo 2º

El Instituto Universitario de Investigaciones Tecnológicas se regirá, en lo que respecta a sus actividades, por la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria y por los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.

Artículo 3º

A los efectos de adscripción de personal y vigencia de las actividades de este Instituto Universitario de Investigaciones Tecnológicas regirá, según dispone la Ley 11/1983, de reforma universitaria, lo establecido en las normas estatutarias de la universidad y en el reglamento y convenio de creación del citado instituto, que deberá ajustarse a lo establecido para este tipo de centros.

Disposiciones finales

Primera.

Se autoriza al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente decreto.

Segunda.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

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