Adoptado acuerdo por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de setiembre de 1996, relativo a la adjudicación provisional de dos emisoras en ondas métricas con modulación de
frecuencia para su explotación por las corporaciones locales, resulta necesario dar publicidad a dicho acuerdo, una vez cumplimentados los requisitos que se determinan en el Decreto 156/1989, de 27 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero, que regula el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, y de acuerdo con la Orden de 25 de febrero de 1992 (DOG nº 50, del 12 de marzo), que abre el plazo de presentación de solicitudes con esta finalidad.
En consecuencia,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, adoptado en su reunión de 13 de septiembre de 1996, por el que se adjudican provisionalmente 2 emisoras de radiodifusión sonora para su explotación por los respectivos ayuntamientos, texto que figura en el anexo a la presente resolución.
Santiago de Compostela, 8 de octubre de 1996.
José Manuel Soto Vázquez
Director general de Medios de Comunicación Social y Audiovisual
ANEXO
El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«De conformidad con lo establecido en la Ley 11/1991, de 8 de abril, de organización y control de las emisoras municipales de radiodifusión sonora, en el Decreto 156/1989, de 27 de julio (DOG nº 151, del 8 de agosto) modificado parcialmente por el Decreto 35/1992, de 6 de febrero (DOG nº 27, del día 10 del mismo mes), que regulan el procedimiento de concesión de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 25 de febrero de 1992 (DOG nº 50, del 12 de marzo siguiente), y demás normativa estatal y autonómica, el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta del conselleiro de Cultura y Comunicación Social, acuerda adjudicar con carácter provisional la explotación de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia a los ayuntamientos que se relacionan en el anexo adjunto, con expresión de las características que corresponden a cada una de las
emisoras.
El otorgamiento de las concesiones, que habilitarán para la puesta en funcionamiento de las correspondientes emisoras, estará supeditado a la aprobación previa del proyecto técnico, a la realización de las obras e instalaciones correspondientes, así como a la posterior inspección y autorización de la puesta en funcionamiento.
La Consellería de Cultura y Comunicación Social adoptará las medidas necesarias para la ejecución del presente acuerdo, de conformidad con las funciones que le otorga el artículo 2 del Decreto 212/1996, de 6 de junio, que modifica parcialmente la estructura orgánica de la Xunta de Galicia».
Anexo del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se adjudican provisionalmente dos emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, para su explotación por las corporaciones locales.
Prov.: C
Municipio: Betanzos.
F(Mhz): 107.9
Long.: 8W1237
Lat.: 43N1655
Cota: 38
HEFM: 37.5
PRAW: 150
P: M
D: N
Prov.: PO
Municipio: Arbo.
F(Mhz): 107.3
Long.: 8W1848
Lat.: 42N0650
Cota: 115
HEFM: 37.5
PRAW: 50
P: M
D: N
7753