Por Resolución de 27 de abril de 1988, la Dirección General de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, prohibió el cultivo de almeja japonesa (Venerupis semidecussata) en todo el litoral de A Illa de Arousa (Pontevedra), según inserta el DOG nº 100, de fecha 26-5-1988.
Con fecha 3-10-1996, la Cofradía de Pescadores San Xulián de A Illa de Arousa, solicita la derogación de la citada resolución, por haber variado las condiciones que propiciaron la publicación de la resolución inicial.
Esta Dirección General de Marisqueo y Acuicultura, haciendo uso de las facultades que tiene conferidas, considerando las razones aludidas en el citado escrito,
ACUERDA:
Levantar la prohibición del cultivo de almeja japonesa (Venerupis semidecussata) en todo el litoral de A Illa de Arousa (Pontevedra).
Santiago de Compostela, 11 de octubre de 1996.
Amancio Landín Jaráiz
Director general de Marisqueo y Acuicultura
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