Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita expediente 333 de clasificación del monte cuyas características se indican a continuación:
Denominación: De Vilarcovo.
Comunidad: Vilarcovo.
Parroquia: Colúns.
Municipio: Mazaricos.
Superficie: 145 ha.
Linderos:
Procede del monte Ruña nº 103-K del C.U.P.
Norte: del piquete nº D-18 situado en el muro del enclavado D, conocido como Prado de Félix y siguiendo restos de muro hasta el punto conocido como Petón de Campelo, con resto del monte Ruña.
Este: del Petón de Campelo siguiendo restos de muro y despues en linea recta hasta el muro conocido como de Prado do Anselmo, desde aquí ssiguiendo muro hasta el punto denominado Cruz da Basteira, y sigue la pista hasta el paraje conocido como Castelo da Ruña, con mas monte Ruña y monte perteneciente a la comunidad de Cives, Sande y Mundín.
Sur: desde el Castelo da Ruña siguiendo restos de muro hasta el piquete nº 1.539 del deslinde, con
monte perteneciente a la comunidad de Cives, Sande y Mundín.
Oeste: del piquete nº 1.539 al 1, y de éste al 3 siguiendo el orden de piquetes, con monte Pedregal y Ruña, de la parroquia de Arcos. Del piquete nº 3 al nº 135 siguiendo el orden de piquetes, con propiedades particulares de vecinos de Vilarcovo. Del piquete nº 135 en línea recta hasta el D-10, en el muro del enclavado D conocido como Prado de Félix, con mas monte Ruña.
En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 19 de agosto de 1996, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, a medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesados, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que estimen conveniente al respecto.
A Coruña, 19 de agosto de 1996.
Manuel Puente Araújo
Secretario del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña
Vº Bº
Ramón Olano Calleja
Instructor del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña
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