Examinado el expediente incoado por la titularidad del centro privado Vigo, de Vigo en solicitud de cese de actividades, para el nivel de primaria/EGB, en dicho centro.
Resultando que el mencionado centro privado obtuvo, por Orden de 10 de octubre de 1974, la autorización condicionada para ocho unidades de educación general básica.
Visto el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, que regula las autorizaciones de cese de actividades (DOG del 22) y demás disposiciones complementarias.
Considerando que los alumnos del centro no van encontrar problemas de escolarización, por lo que la continuidad de la enseñanza no se perjudica. Esta consellería,
DISPONE:
Autorizar, de acuerdo con los informes emitidos, el cese de actividades, en el nivel de primaria/EGB, del centro privado que se relaciona en el anexo de la presente orden, quedando nulas y sin ningún efecto las disposiciones que autorizan el funcionamiento legal de dicho centro.
Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 1996.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO
PROVINCIA DE PONTEVEDRA
Municipio: Vigo.
Localidad: Vigo.
Dirección: Travesía de Vigo, 6 y 15.
Denominación: Vigo.
Titular: Sociedad Mercantil Colegio Vigo, S.A.
Autorización del cese de actividades, en el nivel de primaria/EGB, del centro.
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