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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Martes, 17 de septiembre de 1996 Pág. 8.459

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (160/1995).

Gonzalo Jorge Cabaleiro de Saa, secretario accidental del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela.

Doy fe, de que en los autos a que se hace mención se dictó la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:

En Santiago de Compostela a doce de julio de mil novecientos noventa y seis.

En nombre de S.M. El Rey.

Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de esta ciudad ha pronunciado la siguiente sentencia:

En el juicio de faltas número 160/1995, dimanante del procedimiento seguido por agresión, en el que han sido parte además del Ministerio Fiscal, Joaquín Yebra Pimentel, denunciante, con domicilio en c/ Jaime Javier nº 87-3º Marín; Juan Manuel Yebra Pimentel, denunciante, con domicilio en finca de la Nogueira Pesqueiros Chantada; Pilar Soledad Cerqueiro Fosado, denunciante, con domicilio en Mos de Arriba, Figueiras, Santiago de Compostela; Sandra Garrido Fernández, denunciante, con domicilio en rúa Castaños nº 6, Santiago de Compostela; Antonio Orozco González, denunciante, con domicilio en Mos de Arriba, Figueiras, Santiago de Compostela; Manuel Francisco Salgado Ferreiro con domicilio en rúa Nova de Abaixo nº 16, Santiago de Compostela; Juan Carlos Lema Balsa, denunciante, con paradero desconocido, los policías locales Jorge Fernández Funcas y José Manuel García Castro con carnet profesional nº 103 y 140 respectivamente; el inspector de guardia Santiago Chorén Ons con carnet

profesional nº 053645.

Fallo que debo condenar y condeno a Juan Carlos Lema Balsa como autor de una falta de ofensa a los agentes de la autoridad del artículo 570.2 del Código Penal a la pena de un día de arresto menor. Asimismo debo condenar y condeno a los policías municipales Jorge Fernández Funcasta y José Manuel García Castro como autores de una falta del artículo

582 nº 2 de manos tratos de obra, a la pena de un día de arresto menor.

Así por esta mi sentencia que será notificada a las partes con la advertencia de que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña en el plazo de cinco días, quedando las actuaciones durante este período en secretaría a disposición de las partes. (El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal), y de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, la pronuncio mando y firmo.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica del poder judicial, contra la presente resolución podrán las partes, interponer recurso de apelación, para ante el juzgado de instrucción, dentro de cinco días, quedando las actuaciones durante este periodo en secretaría.

Y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, para que sirva de notificación a Juan Carlos Lema Balsa, expido y firmo el presente testimonio, en Santiago de Compostela a dieciocho de julio de mil novecientos noventa y seis.

El secretario judicial

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