El secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Arzúa hace saber que en los autos que a continuación se dirán, obra dictada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«Sentencia. En la ciudad de Arzúa a 10 de julio de 1996.
Eva María Doval Lorente, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio ejecutivo, promoviudos por Banco Bilbao Vizcaya, S.A., representado por el procurador García-Píccoli, contra Antonio Gil Rico, Manuel Gil Barreiro y María del Carmen Souto, declarado (s) en rebeldía; y fallo:
Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada a Antonio Gil Rico, Manuel Gil Barreiro y María del Carmen Souto, y con su producto entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por que se despachó la ejecución, la cantidad de 1.229.268 pesetas, importe del principal, comisión e intereses pactados hasta la fecha invocada; y además, al pago de los intereses de demora también pactados y las costas, que ascienden a 700.000 pesetas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a la aprte demandada reseñada.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y se expide el presente edicto para que sirva de notificación en legal forma a los herederos desconocidos e inciertos del codemandado Antonio Gil Rico.
Dado en Arzúa a diez de julio de mil novecientos noventa y seis.
El secretario
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