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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Miercoles, 04 de septiembre de 1996 Pág. 8.188

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MUROS

ANUNCIO.

El Ayuntamiento de Muros anuncia su oferta de empleo público de 1996 y la convocatoria de los procesos para la provisión de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno de la corporación en la sesión de 22 de julio de 1996,

Oferta de empleo público 1996

La oferta de empleo público del Ayuntamiento de Muros para 1996 comprende las siguientes plazas:

A. Personal funcionario.

1 asistencia social, perteneciente a la subescala técnica superior de Administración especial, grupo B.

1 administrativo, perteneciente a la subescala administrativa de Administración general, grupo C.

1 operador informático, perteneciente a la subescala técnica auxiliar de Administración especial, grupo D.

1 policía local, perteneciente a la subescala de servicios especiales, grupo E.

B. Personal laboral fijo.

1 oficial/operador de retroexcavadora de la brigada de obras, perteneciente a la categoría de personal de oficios, equivalente al grupo D.

2 operarios/conserjes, pertenecientes a la categoría de personal de oficios, equivalente al grupo E.

Bases generales de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión en propiedad de las plazas citadas anteriormente de acuerdo con la oferta de empleo público de este ayuntamiento para 1996, de conformidad con lo que disponen la Ley 30/1984, de 2 de agosto, la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y la Ley del Parlamento de Galicia 4/1988, de 26 de mayo.

1.2. Los tribunales de selección no podrán aprobar ni declarar que superaron las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

1.3. Se reservarán plazas para promoción interna entre los funcionarios y, en su caso, trabajadores laborales de la corporación que estén en servicio activo y que tengan las condiciones de titulación, antigüedad y demás requisitos exigidos en cada convocatoria, de

conformidad con la normativa legal aplicable den cada caso.

2. Requisitos.

Para participar en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no pasar de aquella en la que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad.

c) Tener el título exigido o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria.

d) No tener enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes. Las personas que padezcan minusvalía deberán hacerlo constar en la instancia señalando si precisan adaptación de las pruebas.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, las comunidades autónomas o las entidades locales, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Los anteriores requisitos y los específicos que se exigen para cada una de las plazas se deberán reunir con referencia al último día del plazo de presentación de solicitudes y será nulo el nombramiento como funcionario de los aspirantes que estén incursos en causas de incapacidad conforme a la normativa vigente.

3. Solicitudes.

Los que quieran participar deberán hacerlo constar en instancia dirigida al alcalde a la corporación, que se presentará en el registro general del ayuntamiento (directamente o a través de los sistemas previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), en el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y a la que adjuntarán recibo que acredite el pago de la cantidad de 1.000 ptas. por derechos de examen en la tesorería del ayuntamiento (directamente o por giro postal y adjuntando, en este último caso, copia del resguardo).

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Para ser admitido y tomar parte en las respectivas convocatorias será suficiente con que los aspirantes manifiesten en las instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones señaladas en el número 2 de estas bases, además de las que para cada plaza se señalen en los respectivos anexos.

4.2. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la presidencia de la corporación aprobará en el plazo de un mes la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOP y en el tablón de edictos de la corporacion, con la indicación del plazo de subsanación que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se conceda a los aspirantes excluidos.

4.3. La misma resolución de la alcaldía contendrá la composición del tribunal y el lugar, hora y fecha de comienzo de los ejercicios.

5. Tribunales calificadores.

5.1. Los tribunales de las pruebas selectivas serán designados de conformidad a lo que dispone el Real decreto 896/1991, de 7 de junio, y su composición se hará pública de acuerdo con lo establecido en la base anterior.

5.2. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias que prevé el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o hubiesen preparado aspirantes a las pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran aquellas circunstancias.

5.3. El tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la presencia de, al menos, tres de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

5.4. El tribunal resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las presentes normas y en los casos no previstos por ellas.

5.5. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas de la oposición, de juzgarlo pertinente. Estos asesores se ceñirán a prestar la colaboración que el tribunal les requiera en sus especialidades técnicas.

5.6. A los efectos de asistencia de los componentes de los tribunales que actúen en estas pruebas, estos tendrán las categorías que correspondan según establece el Real decreto 236/1988, de 4 de marzo.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. La actuación de los opositores se hará por orden alfabético según la primera letra de su apellido, comenzando por la que corresponda conforme a lo que dispone el sorteo que tuvo lugar en la Secretaría del Estado para la Administración pública.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamada única y se excluirán de la oposición los que no comparezcan, no siendo en casos justificados que estime el tribunal. Deberán acreditar su personalidad con exhibición del DNI.

6.3. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo ejercicio y siguiente la hará el tribunal en el tablón de edictos de la corporación.

6.4. Los ejercicios de las diferentes oposiciones tendrán lugar, si es posible, durante el presente año.

6.5. Entre el final de una prueba y el comienzo de la siguiente deberán transcurrir al menos 48 horas y no más de 20 días.

7. Calificación de los ejercicios.

7.1. Los sistemas de calificación de cada prueba se señalan en los anexos de la presente convocatoria.

7.2. Solamente tendrán acceso a los ejercicios voluntarios señalados en los anexos los aspirantes que hubiesen superado todos los ejercicios obligatorios eliminatorios.

7.3. Las calificaciones de los aspirantes aprobados en cada ejercicio se publicarán en el mismo día en el que se acuerde en el tablón de edictos de la corporación.

7.4. La puntuación final y el orden de calificación de los aspirantes vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de las pruebas.

7.5. El tribunal podrá acordar la lectura pública de los ejercicios que se hagan por escrito si lo juzga oportuno y conversar con los aspirantes sobre el contenido durante un tiempo máximo de quince minutos.

7.6. Finalizadas las pruebas del tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, que remitirá con el acta de la última sesión a la presidencia de la corporación para que haga el nombramiento.

8. Nombramiento.

8.1. En el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente a la publicación de las listas de aspirantes aprobados, estos deberán presentar en el registro general del ayuntamiento los siguientes documentos:

a) Copia autenticada del DNI.

b) Título exigido para participar en las pruebas selectivas.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad referida al nombramiento o al momento de la toma de posesión.

e) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de su función expedida por la jefatura local de Sanidad.

8.2. Los aspirantes que deseen acreditar su condición de minusvalía tendrán que presentar un certificado expedido por los órganos competentes que acredite la misma y también justificarán la compatibilidad con el desarrollo de los trabajos y funciones correspondientes a la plaza.

8.3. Los que tuviesen la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya probados para obtener el nombramiento anterior, presentando en este caso certificación de la Administración pública de la que dependan que acredite esta condición.

8.4. Los que en el plazo señalado, y no siendo por causa de fuerza mayor, no hubiesen presentado la documentación exigida, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran incurrir por falsedad.

8.5. cumplidos los mencionados requisitos, el presidente de la corporación hará el nombramiento de los aspirantes propuestos, que tendrán que tomar posesión en el plazo de un mes contado desde el día que les fue notificado el acuerdo.

9. Norma final.

La presente convocatoria y todos los actos administrativos que de la misma se deriven podrán ser impugnados por los interesados en los casos y la forma dispuestos por la Ley de procedimiento administrativo.

Bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de asistencia social

1. Sistema: concurso-oposición.

2. La plaza está encuadrada en la escala de Administración especial, subescala técnica, clase de técnicos medios, pertenecientes al grupo B.

3. Los aspirantes precisan estar en posesión del título de asistente social.

4. Fase de concurso.

Primero. Serán valorados los siguientes méritos:

a) Los servicios prestados en calidad de asistente social en la Administración local en la modalidad de contratado laboral.

Si los servicios fueron para el Ayuntamiento de Muros, la puntuación será de 0,15 puntos por cada mes. Los que fueron prestados un cualquier otra Administración local serán evaluados a razón de 0,10 puntos por cada mes.

La puntuación máxima que se puede otorgar por este apartado es de 14 puntos.

b) El currículum y la experiencia profesional de los aspirantes, la calidad de trabajo desarrollado y el nivel de los programas que han dirigido o en los que han participado serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 6 puntos.

c) Los cursillos de formación y perfeccionamiento realizados que tienen relación con las funciones del puesto de trabajo serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 2 puntos.

Segundo. Los méritos serán evaluados de conformidad con la documentación que aporten los aspirantes al presentar la solicitud de admisión a las pruebas.

Tercero. Las puntuaciones otorgadas a los aspirantes serán publicadas por el tribunal en el tablón de edictos de la corporación al menos con 24 horas de antelación al inicio de la fase de oposición.

Cuarto. La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá aplicar para superar los ejercicios de la fase de oposición.

5. Fase de oposición.

Primer ejercicio, consiste en desarrollar por escrito y en el plazo máximo de dos horas un tema relacionado con el programa adjunto a esta convocatoria aunque no se ciña a un epígrafe concreto del mismo. Será señalado por el tribunal inmediatamente antes de la iniciación del ejercicio. En esta prueba se valorará la formación general, la capacidad de expresión de ideas y de síntesis expositiva y el volumen y calidad de los conocimientos del aspirante.

Segundo ejercicio, consiste en la elaboración durante un período máximo de tres horas de un estudio y programa de intervención en uno o varios campos de actuación propios del departamento de servicios sociales para un municipio de características similares al de Muros. En esta prueba se valorará la correcta aplicación práctica de los conocimientos teóricos.

Tercer ejercicio, consiste en la traducción directa al gallego, sin ayuda de diccionario, de un texto en castellano elegido por el tribunal, en el período máximo de media hora.

Los tres ejercicios son obligatorios y eliminatorios, los dos primeros serán valorados de 0 a 10 puntos y será preciso obtener en ellos una puntuación mínima de 5 puntos para superarlos. El tercero será valorado de 0 a 3 puntos y será necesario obtener una puntuación mínima de 1,50 puntos para superarlo.

6. Tribunal calificador.

Presidente: el de la corporación o concejal en el que delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario municipal en el que delegue.

Vocales: dos expertos designados por la corporación entre funcionarios de carrera: un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Muros, designado por la corporación, y un representante de la Xunta de Galicia.

Programa

1. La Constitución: concepto y clases. El poder constituyente. La Constitución española: principios generales. Estructura de la Constitución. La reforma constitucional.

2. Derechos y deberes de los ciudadanos. Evolución histórica y conceptual. Clasificación. Garantías y tutela.

3. El poder legislativo: las Cortes generales. Composición y funciones.

4. El gobierno: relaciones entre el gobierno y el poder legislativo.

5. El poder judicial: concepto, funciones, organización y funcionamiento. El Ministerio Fiscal.

6. La organización territorial del Estado. La Comunidad Autónoma de Galicia: el Estatuto de autonomía para Galicia.

7. La Xunta de Galicia y su presidente: organización y competencias. La administración pública de la Comunidad Autónoma.

8. El Parlamento de Galicia. El Consejo de Cuentas. El Valedor del Pueblo.

9. La Administración pública: principios constitucionales.

10. El sometimiento de la administración al derecho. Las fuentes del derecho administrativo. La ley y el reglamento: concepto, elaboración y clases.

11. El acto administrativo: concepto, clases y elementos.

12. EL procedimiento administrativo: concepto, principios y fases.

13. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

14. El municipio: concepto, elementos, organización y competencias.

15. Las bases del régimen electoral local.

16. Las competencias municipales.

17. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases, procedimiento y aprobación.

18. Los funcionarios públicos locales: concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

19. Los bienes de las entidades locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público.

20. La contratación administrativa local. Clases y procedimiento.

21. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de las corporaciones locales.

22. El presupuesto municipal. Las haciendas locales. Clasificación de ingresos. Ordenanzas fiscales.

23. Régimen jurídico del gasto público local. La contabilidad pública local.

24. Retribuciones del personal al servicio de las corporaciones locales. Elaboración de nóminas.

25. El sistema español de Seguridad Social. Principios generales. Entidades gestoras y prestaciones.

26. La Unión Europea. Ordenamiento jurídico comunitario. Las instituciones de la U.E.

27. La acción social. Concepto y evolución histórica. El estado del bienestar y la crisis. Modelos alternativos.

28. La política social en la U.E. La Carta Social Europea. El Fondo Social Europeo. El Plan Europeo de Lucha contra la Pobreza.

29. El marco legal de los servicios sociales. La Constitución española. El Estatuto de autonomía para Galicia.

30. El marco legal de los servicios sociales. La Ley de bases de régimen local. La Ley de servicios sociales de Galicia.

31. La Ley gallega de medidas básicas para la inserción social. Antecedentes y fundamentación. Estructura y contenido. Normas de desarrollo.

32. El trabajo social: fundamentos, principios y funciones. El sujeto, objeto y contenido del trabajo social. Objetivos y etapas. Niveles de intervención.

33. El proceso metodológico en el trabajo social. Corrientes metodológicas. Planificación. Formulación de prioridades. Programación. Ejecución. Evaluación.

34. Las técnicas del trabajo social: instrumentales, de conocimiento, de intervención y de evaluación.

35. La investigación en el trabajo social. Las necesidades sociales. Tipología, identificación y medida. Objetivación. Técnicas aplicables. El trabajo social como tecnología.

36. El trabajador social como miembro de un equipo interdisciplinar: fundamentación, funciones y principios básicos.

37. Deontología y ética profesional. Los códigos de ética en el trabajo social en relación con el usuario, con las instituciones y con otros profesionales.

38. Los servicios sociales: concepto. Los servicios sociales y las administraciones públicas: organización y competencias. Sistema económico. Cooperación y coordinación.

39. Los servicios sociales de atención primaria. Principios, objetivos, competencias, organización y equipamiento. Prestaciones básicas, equipos técnicos. El plan concertado.

40. Servicios sociales especializados: infancia y adolescencia. Normativa reguladora de los menores a nivel estatal y autonómico.

41. Servicios sociales especializados: infancia y adolescencia. Programas de actuación. Equipos del menor: composición, funciones y metodología.

42. Servicios sociales especializados: infancia y adolescencia. Los malos tratos en la infancia. Definición. Tipología. Factores de riesgo. El proceso de intervención. Prevención, detección y tratamiento social. Inadaptación social y conducta delictiva en la adolescencia.

43. Servicios sociales especializados: infancia y adolescencia. Instituciones para la infancia y la juventud en Galicia. Problemática del menor institucionalizado.

44. Servicios sociales especializados: la familia. Definición del trabajo social con familias y grupos. Enfoques y corrientes actuales.

45. Servicios sociales especializados: la mujer. Políticas sociales actuales en el sector de la mujer. El papel del trabajador social en los servicios sociales de atención a la mujer en situación de necesidad. La situación en Galicia: problemática, recursos, organización administrativa.

46. Servicios sociales especializados: minusválidos psíquicos y sensoriales. La Ley de integración social del minusválido y sus normas de desarrollo. Necesidades y recursos.

47. Servicios sociales especializados: minusválidos psíquicos y sensoriales. Centros y servicios especializados. Acogimiento familiar y ayuda a domicilio. El papel del trabajador social en la acción integradora de los niveles laboral, educativo, de ocio y tiempo libre.

48. Servicios sociales especializados: la vejez. Aspectos sociales del envejecimiento. Necesidades y recursos. Instituciones abiertas y cerradas.

49. Servicios sociales especializados: la vejez. Servicios de apoyo. Ayuda a domicilio. Acogimiento familiar. Datos demográficos de la población en Galicia. El trabajo social en la vejez.

50. Servicios sociales especializados: las drogodependencias. Concepto, tratamiento y rehabilitación social.

51. Servicios sociales especializados: las drogodependencias. Concepto y tipos. El alcoholismo.

52. Servicios sociales especializados: drogodependencias. Reinserción social, servicios y recursos. Plan autónomico de drogodependencias.

53. Servicios sociales especializados: las drogodependencias. Programación municipal de lucha contra el consumo de drogas.

54. Servicios sociales especializados: minorías étnicas. Características y necesidades sociales. Recursos.

55. Servicios sociales especializados: minorías étnicas. Aspectos demográficos, problemática específica y medidas de reinserción social.

56. Inmigración: problemática, marginación y medidas de reinserción social. La mendicidad y el chabolismo: programas de intervención.

57. Fenómenos de marginación en las áreas rurales. Tipos. Causas. Programas de actuación.

58. Orientación familiar: principios básicos del derecho de familia: matrimonio, filiación, tutela y adopción. Educación sexual y planificación familiar.

59. Las organizaciones no gubernamentales: concepto, tipos. Sistemas de financiación. Coordinación con las administraciones públicas.

60. El asociacionismo y el voluntariado social. Concepto. Características y regulación. Sistemas de financiación. Coordinación con las administraciones públicas. Nuevas tendencias.

61. Animación socio-cultural: concepto, características y programas.

Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de administrativo

1. Sistema: promoción interna por concurso-oposición.

2. La plaza está encuadrada en la escala de Administración general, subescala administrativa, perteneciente al grupo C.

3. Los aspirantes tendrán que estar en posesión del título de bachiller superior, formación profesional de segundo grado o equivalente y tener la condición de funcionarios pertenecientes a la subescala de auxiliares administrativos del Ayuntamiento de Muros.

4. Fase de concurso.

Primero. Serán valorados los siguientes méritos:

a) Los servicios prestados en calidad de auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Muros en las modalidades de contratado laboral, administrativo, interino o funcionario en propiedad. Por cada mes de servicios, 0,15 puntos. La puntuación máxima que se puede otorgar por este concepto es de 12 puntos.

b) El currículum y la experiencia profesional de los aspirantes, la calidad del trabajo desarrollado en el nivel de los programas que ha dirigido o en los que ha participado serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 5 puntos.

c) Las titulaciones, el currículum académico y los cursillos de formación o perfeccionamiento realizados

que tengan relación con las funciones del puesto de trabajo. Serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 3 puntos.

Segundo. Los méritos serán evaluados de conformidad con la documentación que aporten los aspirantes al presentar la solicitud de admisión a las pruebas.

Tercero. Las puntuaciones otorgadas a los aspirantes serán publicadas por el tribunal en el tablón de edictos de la corporación al menos con veinticuatro horas de antelación al inicio de la fase de oposición.

5. Fase de oposición.

Primer ejercicio, consiste en desarrollar por escrito en el plazo máximo de una hora un tema relacionado con las materias recogidas en el programa adjunto a esta convocatoria aunque no se ciña a un epígrafe concreto del mismo y que será determinado por el tribunal inmediatamente antes de realizar el ejercicio. En esta prueba se valorará la formación general del opositor, la capacidad de expresión de ideas y de síntesis expositiva.

Segundo ejercicio, consiste en resolver en el tiempo máximo de una hora un supuesto relacionado con los temas del programa adjunto a esta convocatoria, que será señalado por el tribunal. En esta prueba se valorará la correcta aplicación práctica de conocimientos teóricos.

Tercer ejercicio, consiste en la traducción directa al gallego y sin ayuda de diccionario de un texto en castellano eligido por el tribunal, en el período máximo de media hora.

Los tres ejercicios son obligatorios y eliminatorios. Los dos primeros serán valorados de 0 a 10 puntos y es preciso obtener un máximo de 5 puntos en cada unos de ellos para aprobarlos. El tercer ejercicio será valorado de 0 a 4 puntos y será preciso obtener una puntuación mínima de 2 puntos para superarlo.

6. Tribunal calificador.

Presidente: el de la corporación o concejal en el que delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario municipal en el que delegue.

Vocales: dos expertos designados por la corporación entre funcionarios de carrera; el secretario de la corporación como jefe del servicio y un representante de la Xunta de Galicia.

Programa.

Parte primera. Derecho político y administrativo.

1. La Constitución española. Principios generales.

2. Derechos y libertades públicas. Deberes de los españoles.

3. La Corona. El poder legislativo.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. El poder judicial.

5. La organización territorial del Estado. Estatuto de autonomía para Galicia. Las instituciones básicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

6. La Administración pública en el ordenamiento español. La Administración general del Estado. Las administraciones autonómicas y la Administración local. La Administración institucional y corporativa.

7. Principios de actuación de la Administración pública. El artículo 103 de la Constitución española.

8. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.

9. El procedimiento administrativo: principios generales. Normas reguladoras. Fases. El silencio administrativo. Cómputo de plazos.

10. Los interesados en el procedimiento. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas.

11. Los recursos administrativos: concepto y clases.

12. Las formas de actividad administrativa. El fomento. La policía. El servicio público.

Parte segunda. Administración local.

1. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

2. La provincia en el régimen local. Organización provincial y competencias.

3. El municipio. El término municipal.

4. La población del municipio. El padrón municipal de habitantes.

5. La organización municipal.

6. Las bases del régimen electoral local.

7. Las competencias municipales.

8. Otras entidades locales: las mancomunidaes, agrupaciones y entidades locales menores.

9. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases, procedimiento y aprobación.

10. Relaciones entre partes territoriales: autonomía municipal y tutela.

11. La función pública local y su organización.

12. Los funcionarios públicos locales: concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

13. Los bienes de las entidades locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público.

14. La contratación administrativa local. Clases y procedimiento.

15. La intervención administrativa local en las actividades privadas. Licencias: concepto, clases y procedimiento de concesión.

16. Procedimiento administrativo local. Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

17. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria de sesiones y orden del día.

18. Actas de sesiones y certificaciones de acuerdos.

19. Publicidad de actos y acuerdos.

20. Legislación urbanística. Principios generales. Competencia urbanística municipal. Las licencias urbanísticas.

21. Las haciendas locales. Clasificación de ingresos. Ordenanzas fiscales.

22. Régimen jurídico del gasto público local.

23. Los presupuestos locales. Estructura, procedimiento de aprobación y modificación. Efectos.

24. La contabilidad pública local.

25. Retribuciones del personal al servicio de las corporaciones locales. Elaboración de nóminas.

Parte tercera. Informática.

1. Concepto de informática. Arquitectura de ordenadores. La unidad central de proceso. Definición de registro.

2. La periferia de un ordenador. Soportes de la información. Equipos transcriptores. Unidades de salida.

3. Estructura de almacenamiento de datos. Tipos de ficheros. Métodos de acceso. Las bases de datos: características, objetivos y tipos.

Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de operador informático

1. Sistema: concurso-oposición.

2. La plaza está encuadrada en la escala de Administración especial, subescala técnica, clase de técnicos auxiliares, perteneciente al grupo D.

3. Los aspirantes precisan estar en posesión del título de graduado escolar. Formación profesional de primer grado o equivalente.

4. Fase de concurso.

Primero. Serán valorados los siguientes méritos:

a) Poseer una titulación académica superior a la exigida para tomar parte en la convocatoria. Será valorable discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 7 puntos.

b) Los servicios prestados en calidad de operador informático en la Administración local en la modalidad de contratado laboral.

Si los servicios fueron prestados en el Ayuntamiento de Muros, la puntuación será de 0,15 puntos por cada mes. Los que fueron prestados a cualquier otra Administración local serán valorados a razón de 0,10 puntos por cada mes.

La puntuación máxima que se puede otorgar por este apartado es de 7 puntos.

c) El currículum y la experiencia profesional de los aspirantes, la calidad del trabajo desarrollado y el nivel de los programas que han dirigido o en los que han

participado serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 6 puntos.

d) Los cursillos de formación y perfeccionamiento realizados que tienen relación con las funciones del puesto de trabajo serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 2 puntos.

Segundo. Los méritos serán valorados de conformidad con la documentación que aporten los aspirantes al presentar la solicitud de admisión a las pruebas.

Tercero. Las puntuaciones otorgadas a los aspirantes serán publicadas por el tribunal en el tablón de edictos de la corporación al menos con 24 horas de antelación al inicio de la fase de oposición.

Cuarto. La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá aplicar para superar los ejercicios de la fase de oposición.

5. Fase de oposición.

Primer ejercicio. Consiste en contestar brevemente en un período máximo de cuarenta y cinco minutos un cuestionario de cuarenta preguntas relacionadas con los temas del programa adjunto a esta convocatoria. En esta prueba se valorará la claridad conceptual y expositiva del aspirante.

Segundo ejercicio, de carácter práctico, consiste en realizar operaciones que acrediten el dominio en la utilización de procedimientos informáticos con empleo de programas Word Perfect 5.2 y Amipro.

Tercer ejercicio, consiste en la traducción directa al gallego y sin ayuda de diccionario de un texto en castellano elegido por el tribunal, en el período máximo de media hora.

Los tres ejercicios son obligatorios y eliminatorios. Los dos primeros serán valorados de 0 a 10 puntos y es preciso obtener una puntuación máxima de 5 puntos para aprobarlos. El tercer ejercicio será valorado de 0 a 4 puntos y será preciso obtener una puntuación mínima de 2 puntos para superarlo.

6. Tribunal calificador.

Presidente: el de la corporación o concejal en que delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario municipal en que delegue.

Vocales: dos expertos designados por la corporación entre funcionarios de carrera: un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Muros, designado por la corporación, y un representante de la Xunta de Galicia.

Programa

1. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

2. El municipio. El término municipal. La población del municipio. El padrón municipal de habitantes.

3. La organización municipal. Las bases del régimen electoral local.

4. La función pública local y su organización. Los funcionarios públicos locales: concepto y clases.

Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

5. Procedimiento administrativo local. Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

6. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria de sesiones y orden del día.

7. Actas de sesiones y certificaciones de acuerdos. Publicidad de actos y acuerdos.

8. Legislación urbanística. Principios generales. Competencia urbanística municipal. Las licencias urbanísticas.

9. Los presupuestos locales. Estructura, procedimiento de aprobación y modificación. Efectos. La contabilidad pública local.

10. Retribuciones del personal al servicio de las corporaciones locales. Elaboración de nóminas.

11. Concepto de informática. Arquitectura de ordenadores. La unidad central de proceso. Definición de registro. La memoria central, la unidad aritmética y lógica.

12. Evolución de la estructura de los ordenadores. Generaciones. La periferia de un ordenador. Soportes de la información. Equipos transcriptores.

13. El logical: tipos. Evolución histórica. El concepto de programa. Los lenguajes de programación. El logical funcional o sistema operativo. Los paquetes de programas.

14. Modos de funcionamiento del ordenador. Funcionamiento por lotes. Funcionamiento en tiempo real. Multiprogramación. El tiempo compartido. Las técnicas conversacionales.

15. Estructuras de almacenamiento de datos. Tipos de ficheros. Métodos de acceso. Las bases de datos.

16. La teleinformática. Esquema genérico de la transmisión de datos a distancia. Características básicas de los elementos fundamentales. Las redes públicas de transmisión de datos.

17. Desarrollo de una aplicación informática. Análisis funcional y orgánico. Documentación. Explotación de una aplicación informática.

18. Centro de proceso de datos. Especialidades y funciones informáticas.

19. Funciones del centro de proceso de datos. La relación del centro de proceso de datos con el resto de la organización.

20. Automatización de oficinas. Sistemas físicos más utilizados. Los ordenadores personales. Logicales específicos para la automatización de oficinas. Repercusiones organizativas.

Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de oficial operador de retroexcavadora de la brigada de operarios

1. Sistema: concurso-oposición.

2. La plaza está encuadrada en la plantilla de personal del ayuntamiento, como personal laboral fijo.

3. Los aspirantes precisan estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.

4. Fase de concurso.

Primero. Serán valorados los siguientes méritos:

a) Experiencia en calidad de operador de retroexcavadora, como empresario autónomo o contratado laboral.

Este mérito se valorará a razón de 0,10 puntos por mes de servicios prestados hasta un máximo de 14 puntos.

b) El currículum y la experiencia profesional de los aspirantes y la calidad del trabajo desarrollado serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 6 puntos.

Segundo. Los méritos serán valorados de conformidad con la documentación que aporten los aspirantes al presentar la solicitud de admisión a las pruebas.

Tercero. Las puntuaciones otorgadas a los aspirantes serán publicadas por el tribunal en el tablón de edictos de la corporación al menos con 24 horas de antelación al inicio de la fase de oposición.

Cuarto. La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá aplicar para superar los ejercicios de la fase de oposición.

5. Fase de oposición.

Primer ejercicio, consiste en contestar brevemente en un período máximo de cuarenta y cinco minutos un cuestionario de cuarenta preguntas sobre temas relacionados en el programa adjunto y conocimiento del territorio municipal de Muros y de sus servicios públicos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico, consistente en realizar operaciones que acrediten el dominio de una retroexcavadora en la realización de obras públicas.

Los dos ejercicios son obligatorios y eliminatorios y serán valorados de 0 a 10 puntos siendo preciso obtener una puntuación máxima de 5 puntos para aprobarlos.

Temario

1. La organización del ayuntamiento: el alcalde, la Comisión de Gobierno y el Pleno de la Corporación.

2. El personal al servicio del ayuntamiento: estructura, funciones y nombramiento.

3. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración pública.

4. Los servicios públicos locales: enumeración, organización y formas de prestación.

5. El municipio de Muros: territorio, organización y servicios.

6. La retroexcavadora: partes integrantes y funciones.

7. Labores de mantenimiento y conservación de la retroexcavadora.

8. Labores de reparación de averías más frecuentes de la retroexcavadora.

9. La brigada municipal de operarios: organización y funciones.

10. Catálogo de herramientas de la brigada de operarios: enumeración, clasificación y funciones.

Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de operarios/conserjes

1. Sistema: concurso-oposición.

2. Las plazas están encuadradas en la plantilla de personal del ayuntamiento, como personal laboral fijo.

3. Los aspirantes precisan estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.

4. Fase de concurso.

Primero. Serán valorados los siguientes méritos:

a) Los servicios prestados en calidad de conserjes/operarios en la Administración local en la modalidad de contratado laboral.

Si los servicios fueron prestados en el Ayuntamiento de Muros la puntuación será la de 0,25 puntos por cada mes y los que fueron prestados a cualquier otra Administración local, 0,15 puntos. La puntuación máxima que se puede obtener por este apartado es la de 12 puntos.

b) El currículum y la experiencia profesional de los aspirantes y la calidad del trabajo desarrollado serán valorables discrecionalmente por el tribunal hasta un máximo de 6 puntos.

Segundo. Los méritos serán valorados de conformidad con la documentación que aporten los aspirantes al presentar la solicitud de admisión a las pruebas.

Tercero. Las puntuaciones otorgadas a los aspirantes serán publicadas por el tribunal en el tablón de edictos de la corporación al menos con 24 horas de antelación al inicio de la fase de oposición.

Cuarto. La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá aplicar para superar los ejercicios de la fase de oposición.

5. Fase de oposición.

Primer ejercicio, consiste en contestar brevemente en un período máximo de cuarenta y cinco minutos un cuestionario de cuarenta preguntas sobre temas relacionados en el programa adjunto y conocimiento del territorio municipal de Muros y de sus servicios públicos.

Segundo ejercicio, de carácter práctico, consistente en realizar alguna o algunas tareas propias de su puesto de trabajo.

Los dos ejercicios son obligatorios y eliminatorios y serán valorados de 0 a 10 puntos siendo preciso obtener una puntuación mínima de 5 puntos para aprobarlos.

Temario

1. La organización del ayuntamiento: el alcalde, la Comisión de Gobierno y el Pleno de la Corporación.

2. El personal al servicio del ayuntamiento: estructura, funciones y nombramiento.

3. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración pública.

4. Los servicios públicos locales: enumeración, organización y formas de prestación.

5. El municipio de Muros: territorio, organización y servicios.

6. La brigada municipal de operarios: organización y funciones.

7. Organización de actividades de un pabellón polideportivo.

8. Organización de actividades de una Casa de la Cultura.

9. Catálogo de herramientas de la brigada de operarios: enumeración, clasificación y funciones.

10. Catálogo de materiales de equipamiento deportivo y cultural: enumeración, clasificación y funciones.

Muros, 30 de julio de 1996.

Celestino Formoso Vidal

Alcalde

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