En virtud de lo acordado por el juez de Primera Instancia e Instrucción número uno de Ribeira, Ramón Eloy Rodríguez Frieiro, y de conformidad con providencia dictada con esta fecha en los autos de divorcio (5 *) 236/1996, seguidos a instancia de Manuela Torres Paz, representada por la procuradora Mercedes Treus Blanco (do oficio), contra José Fco. Vilas Costa y Ministerio Fiscal, mayor de edad, casado, de quien se ignora su acutal domicilio y paradero; y en cuya providencia se ha acordado emplazar al referido demandado para que, en el término de veinte
días, comparezca en estos autos, personándose en legal forma y contestando a la demanda presentada, con la prevención de que, si no comparece, será declarado rebelde y le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
Y para su inserción en el DOG y colocación en el tablón de anuncios de este juzgado, para que sirva de emplazamiento en legal forma del demandado referido, expido el presente edicto en Ribeira a dos de julio de mil novecientos noventa y seis.
La secretaria
Rubricado
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