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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Martes, 27 de agosto de 1996 Pág. 7.995

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO SESENTA Y CUATRO DE MADRID

EDICTO (132-1992).

El secretario del Juzgado de Primera Instancia número sesenta y cuatro de Madrid hace saber:

Que en los autos que a continuación se dirán, obra dictada la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia. En Madrid a veintidós de mayo de mil novecientos noventa y seis. Vistos por Miguel Mª

Rodríguez San Vicente, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número sesenta y cuatro de los de esta capital, los presentes autos de juicio de cognición nº 132/1992, promovidos por Caja de Ahorros de Salamanca y Soria, representado por la procuradora María del Carmen Ortiz Cornago, contra Naviera C. Molares, S.A. y otro, en ignorado paradero y declarados en rebeldía; y fallo:

Estimando la demanda interpuesta por Caja de Ahorros de Salamanca y Soria, representada por la procuradora María del Carmen Ortiz Cornago contra Naviera C. Molares, S.A. y otro, declarados en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 500.000 (quinientas mil pesetas), que devengará el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Así, por esta mi sentencia, de la que expedirá testimonio para su unión a los autos y que será notificada al demandado rebelde en la forma dispuesta en los artículos 282 y 283 de la Ley de enjuiciamiento civil, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la Audiencia Provincial de Madrid, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado. Miguel Mª Rodríguez San Vicente. Rubricado.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado Naviera C. Molares que se encuentra en ignorado paradero, expido el presente en Madrid a seis de junio de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

Rubricado

9604908