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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Viernes, 23 de agosto de 1996 Pág. 7.946

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (13/1995).

El secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Santiago de Compostela, Lorenzo Villalpando Lucas, hace saber: que en los autos que a continuación se dirán obra dictada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor literal siguiente:

Sentencia.-En Santiago de Compostela a veintitrés de mayo de mil novecientos noventa y seis.

Vistos por Rosa del Carmen Collazo Lugo, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de los de este partido, los presentes autos de juicio verbal ejecutivo nº 13/1995, siendo demandante la entidad Banco Zaragozano, S.A. bajo la representación procesal del procurador García-Piccoli Atanes, y la defensa letrada de José Antonio Núñez Naya; y apareciendo como parte demandada José Luis Penas Zapata, Josefa Ascensión Cozar Pereiro, Luis Javier López Rey, María Cristina Cozar Pereiro y Manuel Penas Cimadevila (hoy fallecido), todos ellos mayores de edad y en situación procesal de rebeldía, demandada igualmente Castora Gómez Balsa, igualmente mayor de edad, bajo la representación procesal de la procuradora Arcos Romero, y la defensa letrada de Camilo José García Puertas.

(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos).

Fallo que, desestimando las excepciones y causas de nulidad alegadas por Castora Gómez Balsa, debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la entidad Banco Zaragozano, S.A., mandando seguir la ejecución hacia adelante hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y de los que en lo sucesivo puedan embargarse a José Luis Penas Zapata, Josefa Ascensión Cozar Pereiro, Luis Javier López Rey, María Cristina Julia Cozar Pereiro y los herederos de Manuel Penas Cimadevila y Castora Gómez Balsa, y con su producto hacer completo y

entero pago a la actora de la suma reclamada de principal por importe de 4.354.527 ptas., más los intereses legales de dichas sumas con la imposición de costas a la parte demandada.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y se expide el presente edicto para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandante y a los herederos de Manuel Penas Cimadevila.

Dado en Santiago de Compostela a catorce de junio de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

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