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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Jueves, 22 de agosto de 1996 Pág. 7.902

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 7 de agosto de 1996 por la que se resuelve el procedimiento de selección para la adquisición de la condición de catedrático en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, de escuelas oficiales de idiomas y de artes plásticas y diseño, convocado por la Orden de 14 de febrero de 1996.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 9.5 de la Orden de 14 de febrero de 1996 (DOG del 27), por la que se convocaba procedimiento de

selección para la adquisición de la condición de catedrático en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, de escuelas oficiales de idiomas y de artes plásticas y diseño.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria,

DISPONE:

Primero.-Hacer pública la relación de los aspirantes que adquieren la condición de catedrático en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas y de artes plásticas y diseño, en los anexos I, II y III de esta orden, respectivamente.

Segundo.-De conformidad con la disposición adicional décimo sexta, punto 3, de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, la condición de catedrático se adquiere con carácter personal y, en consecuencia, no se pierde por acceso a otro cuerpo docente, excedencia voluntaria, servicios especiales u otra circunstancia que no implique la pérdida definitiva de la condición de funcionario de carrera.

Tercero.-Los funcionarios docentes que adquieran la condición de catedrático tendrán derecho a percibir el nivel 26 de complemento de destino y la componente general del complemento específico.

Cuarto.-Los efectos económicos y administrativos de la adquisición de la condición de catedrático serán desde el 1 de octubre de 1996.

Quinto.-Los profesores participantes en este concurso de méritos podrán retirar la documentación presentada, ellos mismos o por medio de persona autorizada, en el Servicio de Profesorado de Enseñanzas Secundaria y Especiales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (San Caetano, Santiago), en el plazo de un mes contado a partir de transcurridos dos meses desde la publicación de la presente orden.

Santiago de Compostela, 7 de agosto de 1996.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

9604883