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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Miercoles, 21 de agosto de 1996 Pág. 7.850

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (431/1995).

En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha, dictada en el procedimiento abreviado número 431/1995, dirijo la presente cédula con el fin de que se proceda a su inserción y publicación en el Diario Oficial de Galicia, de la sentencia que tiene el encabezamiento y fallo que, copiado literalmente, dice como sigue: «En el procedimiento abreviado número 431/1995, instruido por el Juzgado de Instrucción número cinco de esta ciudad, por el delito de robo, contra el acusado José María González Soto, nacido el 29 de noviembre de 1973, hijo de Francisco y Josefa, natural de Pontevedra y vecino de Santiago de Compostela, con domicilio en rúa Bruselas, bloque 10-portal 2-bajo F; con antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en libertad provisional por esta causa, defendido por la letrada Esmeralda Pazo Esparís y representado por el procurador Francisco Chenlo Méndez, siendo parte el Ministerio Fiscal.». Y fallo: «Que debo condenar y condeno a José María González Soto como

autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, en grado de tentativa, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de trescientas mil pesetas de multa, con arresto sustitutorio de 30 días en caso de impago, y costas. Indemnizará a Francisco Ríos Seoane en 34.500 pesetas por daños.»

Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, ante este juzgado, recurso de apelación en el plazo de diez días. Una vez firme, se participará al Registro Central de Penados y Rebeldes a los efectos oportunos.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al condenado José María González Soto, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela, a doce de junio de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

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