La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio en Pontevedra, en aplicación del artículo 28.2º de la Ley de minas 22/1973, de 21 de julio, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, pone en conocimiento de todos aquellos que se consideren interesados, que pueden hacer las alegaciones que estimen pertinentes en el plazo de un mes a partir de la fecha de la presente publicacióin en el Boletín Oficial del Estado, sobre la propuesta de ampliación del perímetro de protección de las aguas minero-termales aprovechadas en los balnearios La Virgen y El Castro de la titularidad de Marcial Campos Fariña.
En el nuevo perímetro de protección se propone cubrir la zona de influencia de los manantiales correspondientes a los mencionados balnearios, lo que se justifica mediante proyecto técnico aportado por el peticionario que con fecha 19-6-1996 ha sido informado favorablemente por el Instituto Tecnológico y Geominero de España, corresondiendo a un rectángulo de cuatro kilómetros de largo por dos de ancho, cuyos vértices perimetrales en coordenadas U.T.M. elipsoide internacional de Hayford y longitudes referidas al meridiano de Greenwich, datum europeo, son los siguientes:
Vértices Coordenadas U.T.M.
X Y
V1 536.450 4.718.400 V2 534.500 4.718.850 V3 535.400 4.722.700 V4 537.300 4.722.300
Pontevedra, 4 de julio de 1996.
Ramón Álvarez Abad
Delegado provincial de Pontevedra
9605570