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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Martes, 30 de julio de 1996 Pág. 7.288

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores (E.N.-60/1995 y E.N.-64/1995) (espacios naturales-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la per

sona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, sobre conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta 120.596 del Banco Pastor (0072), oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 12 de junio de 1996.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

E.N.-60/1995Alfonso Costas Corbal

Maestro Montes, 1

Vigo

Acampar en zona prohibida, en lugar de playa de Fedorentos, en la Isla de Ons, el día 22-8-1995.Artículo 38.3º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.Artículo 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.10.000
E.N.-64/1995Lago Bao Fernández

Avda. Florida, 22-6º A

Vigo

Practicar el deporte de «Wind-surf», en el lugar denominado como ensenada de O Bao, dentro del término municipal de O Grove, estando prohibido en esta zona la práctica de dicho deprote, el día 23-9-1995.Artículo 38.2º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.Artículo 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.10.000

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