De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución de espacios naturales por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
A los efectos previstos en el artículo 19 Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados, en plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicacion de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 7 de junio de 1996.
Vicente Piorno González
Instructor
ANEXO
Expediente: C-129/1995.
Denunciado: César Malvido Chapela.
Último domicilio conocido: Espíritu Santo, 20-Cangas.
Hecho denunciado: cazar fingílidos con red tipo mariposa, no estando autorizado.
Precepto infringido: Art. 33.1º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
Precepto sancionador: 33 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.
Sanción: 50.000.
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