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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Lunes, 22 de julio de 1996 Pág. 7.087

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GONDOMAR

BASES para cubrir en propiedad una plaza de oficial electricista vacante en la plantilla de personal funcionario, por promoción interna (oferta de empleo público de 1996).

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad una (1) plaza de la escala de Administración especial, del grupo E, denominada oficial electricista, vacante en la plantilla de personal funcionario de este ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 1996.

La plaza se cubrirá por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, entre los funcionarios de este ayuntamiento pertenecientes al grupo E de la escala de Administración especial que reúnan los requisitos exigidos en la base segunda.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título o certificado de escolaridad, equivalente o superior.

b) Pertenecer a una escala de Administración especial de este ayuntamiento, dentro del grupo E, con una antigüedad de por lo menos dos años de servicios prestados en propiedad. Los dos requisitos se acreditarán mediante la certificación expedida por la secretaría general del ayuntamiento.

Tercera.-Solicitudes.

Las instancias solicitando participar en la convocatoria se presentarán en el registro general del ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, mediante extracto. Los solicitantes manifestarán en las instancias que reúnen las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria. Asimismo, junto con la instancia, los interesados presentarán un currículum vitae y la documentación acreditativa, con los méritos que se valorarán en la fase de concurso. Asimismo deberán satisfacer los derechos de examen que se fijan en mil pesetas.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Rematado el plazo de presentación de instancias, el alcalde dictará una resolución con la lista de admitidos y excluidos, y designará el tribunal calificador, y el lugar y la fecha para el comienzo de las pruebas. Esta resolución se hará pública en el tablón de anuncios de este ayuntamiento y en el BOP. El plazo para posibles impugnaciones, recusaciones o recursos será de diez días, a partir de la fecha de publicación de la citada resolución. Transcurrido este plazo sin que hubiera reclamación, la lista de admitidos queda automáticamente elevada a definitiva.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal calificador de este concurso-oposición estará formado por los siguientes miembros:

Presidente: el alcalde del ayuntamiento o concejal en quien delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales: un representante de la Comunidad Autónoma. Un funcionario de carrera designado por la alcaldía. Un técnico experto designado por el alcalde. Un funcionario de carrera propuesto por la representación sindical del personal funcionario, con voz y sin voto.

El tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos.

Los miembros del tribunal deberán de abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico y del procedimiento administrativo común, notificando a la autoridad convocante. Los aspirantes podrán recusarlos cuando se den los supuestos previstos en el artículo 29 de la citada ley.

El tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Sexta.-Sistema de selección.

Procedimiento selectivo: la fase de concurso será previa a la de oposición.

a) En la fase de concurso se valorarán los méritos presentados por los aspirantes en el currículum vitae,

hasta un máximo de 11 puntos, según el siguiente baremo:

1. Antigüedad: por cada año completo de servicio en el grupo de origen, 0,25 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

2. Titulaciones académicas: estar en posesión de otra titulación distinta de la exigida para participar en las pruebas, 1 punto.

3. Conocimiento de la lengua gallega: iniciación, 0,50 puntos; perfeccionamiento, 0,5 puntos.

b) Fase de oposición: consistirá en la realización del siguiente ejercicio:

1. Una prueba práctica, relacionada con las funciones a desempeñar como oficial electricista del ayuntamiento, a realizar en un plazo máximo de hora y media.

Séptima.-Calificación de los ejercicios.

El ejercicio será evaluado de 0 a 10 puntos y será preciso conseguir un mínimo de 5 puntos para superarlo. La calificación se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento el mismo día en que se otorgue.

Octava.-Propuesta de nombramiento.

El tribunal, en su caso, formulará una propuesta de nombramiento para ocupar la plaza como funcionario de carrera al aspirante que obtenga las máximas puntuaciones, previa suma de las obtenidas en las fases de concurso y oposición.

Novena.-Nombramiento y toma de posesión.

El aspirante propuesto será nombrado funcionario de carrera por el alcalde para ocupar la plaza de oficial electricista convocada. Aquel deberá tomar posesión de la misma en el plazo de un mes, previa a la presentación de la documentación acreditativa de reunir los requisitos señalados en la base 2ª.

Décima.-Incidencias.

El tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se le presenten para el normal desarrollo del concurso-oposición en todo lo no previsto en estas bases. Para ello, podrá adoptar los acuerdos precisos para el buen orden y desarrollo del proceso selectivo.

Undécima.-Derecho supletorio.

En todo lo no previsto en esta bases se estará a lo dispuesto a la Ley 7/1985, de 2 de abril, RDL 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Ley 23/1988, de 28 de julio, y Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, y demás concordantes.

Gondomar, junio de 1996.

Ramón Sestelo Fernández

Alcalde

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