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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Lunes, 22 de julio de 1996 Pág. 7.085

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GONDOMAR

BASES para cubrir en propiedad una plaza de administrativo de la Administración general vacante en la plantilla de personal funcionario, por promoción interna (oferta de empleo público de 1996).

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad una (1) plaza de la escala de Administración general, subescala administrativa (grupo C), vacante en la plantilla de personal funcionario de esta ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 1996.

La plaza se cubrirá por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, entre los funcionarios de este ayuntamiento pertenecientes a la escala de Administración general o Administración especial que reúnan los requisitos exigidos en la base segunda, conforme con lo establecido en el artículo 22 de la

Ley 23/1988, de 28 de julio, y en la disposición adicional novena del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título o certificado de bachillerato (titulación actual) o bachillerato superior (titulación antigua) o tener unha antigüedad de diez años en un puesto perteneciente al grupo D de la escala de origen.

b) Pertenecer a una escala de Administración general y/o especial de este ayuntamiento, con una antigüedad de por lo menos dos años de servicios prestados en propiedad. Los dos requisitos se acreditarán mediante la certificación expedida por el secretario general del ayuntamiento.

Tercera.-Solicitudes.

Las instancias solicitando participar en la convocatoria se presentarán en el registro general del ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE, mediante extracto. Los solicitantes manifestarán en las instancias que reúnen las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria. Asimismo, junto con la instancia, los interesados presentarán un currículum vitae y la documentación acreditativa, con los méritos que se valorarán en la fase de concurso. Asimismo deberán satisfacer los derechos de examen que se fijan en dos mil pesetas.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el alcalde dictará una resolución con la lista de admitidos y excluidos, y designará el tribunal calificador y el lugar y la fecha para el comienzo de las pruebas. Esta resolución se hará pública en el tablón de anuncios de este ayuntamiento y en el BOP. El plazo para posibles impugnaciones, recusaciones o recursos será de diez días, a partir de la fecha de publicación de la citada resolución. Transcurrido este plazo sin que hubiera reclamaciones, la lista de admitidos queda automáticamente elevada a definitiva.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal calificador de este concurso-oposición estará formado por los siguientes miembros:

Presidente: el alcalde del ayuntamiento o concejal en quien delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales: un representante de la Comunidad Autónoma. Un funcionario de carrera propuesto por la representación sindical del personal funcionario. Un funcionario de carrera designado por la alcaldía.

El tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, notificándolo a la autoridad convocante. Los aspirantes poderán recursarlos cuando se den los supuestos previstos en el artículo 29 de la citada ley.

El tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Sexta.-Sistema de selección.

Procedimiento selectivo: la fase de concurso será previa a la de oposición.

a) En la fase de concurso se valorarán los méritos presentados por los aspirantes en el currículum vitae, hasta un máximo de 11 puntos, según el siguiente baremo:

1. Antigüedad: por cada año completo de servicio en el grupo de origen, 0,25 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

2. Titulaciones académicas: estar en posesión de otra titulación distinta de la exigida para participar en las pruebas, 1 punto.

3. Conocimiento de la lengua gallega: iniciación, 0,5 puntos; perfeccionamiento, 0,5 puntos.

b) Fase de oposición: consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

1. Contestar por escrito, en el plazo máximo de dos horas, a un cuestionario de 100 preguntas, con respuestas alternativas, basadas en el contenido del programa que figura en el anexo de estas bases, sin que se tenga que atener a un epígrafe determinado del mismo.

2. Realización de uno o varios supuestos prácticas, de carácter informático, sobre la capacidad administrativa o relacionados con el contenido del programa que figura en el anexo de estas bases.

Séptima.-Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios serán obligatorios y eliminatorios. Cada uno de ellos será valorado de 0 a 10 puntos por cada miembro del tribunal y será preciso conseguir un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para superarlos. Las calificaciones se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de miembros asistentes. El cociente de esta división será la calificación definitiva. Las calificaciones se publicarán en el tablón de anuncios del ayuntamiento el mismo día en que se otorguen.

Octava.-Propuesta de nombramiento.

El tribunal, en su caso, formulará una propuesta de nombramiento para ocupar la plaza como funcionario de carrera al aspirante que obtenga las máxi

mas puntuaciones, previa suma de las obtenidas en las fases de concurso y oposición.

Novena.-Nombramiento y toma de posesión.

El aspirante propuesto será nombrado funcionario de carrera por el alcalde para ocupar la plaza de administrativo de la Administración general convocada. Aquel deberá tomar posesión de la misma en el plazo de un mes, previa la presentación de la documentación acreditativa de reunir los requisitos señalados en la base 2ª.

Décima.-Incidencias.

El tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se le presenten para el normal desarrollo del concurso-oposición en todo lo no previsto en estas bases. Para ello, poderá adoptar los acuerdos precisos para el buen orden y desarrollo del proceso selectivo.

Undécima.-Derecho supletorio.

En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, R.D.L. 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Ley 23/1988, de 28 de julio, y Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, y demás concordantes.

Gondomar, junio de 1996.

Ramón Sestelo Fernández

Alcalde

ANEXO

PROGRAMA DE TEMAS

1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas de Estado.

2. La división de poderes. Relación entre los poderes del Estado.

3. Estructura y contenido de la Constitución española de 1978. Principios generales.

4. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

5. La Corona. El poder legislativo. El poder judicial.

6. El Gobierno y la Administración del Estado. Relaciones entre el Goberno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Goberno.

7. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Puebo. Reforma de la Constitución.

8. Las comunidades autónomas: constitución y competencias. Los estatutos de autonomía.

9. El Estatuto de autonomía de Galicia. Principios generales y contenido.

10. Competencias y recursos financieros de la Comunidad Autónoma de Galicia. La asemblea legislativa. El presidente y el Consejo de Gobierno. El Valedor del Pueblo.

11. La Administración autonómica: organización y estructura básica. Control parlamentario de la acción del Gobierno.

12. Principios de actuación de la Administración pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

13. Sometemiento de la Administración a la ley y el derecho. Fuentes del derecho público. La ley y sus clases.

14. El reglamento: concepto, clases y límites.

15. El acto administrativo: concepto, clases y elementos.

16. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su modificación. Notificación y publicación. Revisión en vía administrativa: anulación y revogación.

17. El procedemento administrativo: concepto y clases. Su regulación actual.

18. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento.

19. El silencio administrativo.

20. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: días y horas hábiles: cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

21. Los recursos administrativos: concepto y principios generales. Recursos ordinarios y de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

22. El régimen local español: principios constitucionales y regulación actual. La autonomía local.

23. La provincia y el municipio en el régimen local español. Regulación constitucional y ordinaria.

24. La organización provincial. La diputación provincial: el presidente, el pleno y la comisión de gobierno. Competencias de las diputaciones provinciales.

25. La organización municipal. El ayuntamiento: el alcalde, el pleno y la comisión de gobierno. Competencias de los ayuntamientos.

26. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

27. Los bienes de las entidades locales. Sus clases. Régimen de los bienes de dominio público.

28. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. El outorgamiento de licencias.

29. El servicio público en la esfera local. Modos de gestión de los servicios públicos locales. La concesión.

30. Funcionamento de los órganos colegiados locales.

31. Los recursos locales en la Ley 39/1988, reguladora de las haciendas locales. Enumeración. Ingresos de derecho privado. Tributos. Precios públicos.

32. La gestión recaudatoria de las entidades locales: concepto, régimen legal, períodos de recaudación.

33. Recaudación en período voluntario: obligados al pago, requisitos y medios de pago, aplazamiento y fraccionamiento.

34. Otras formas de extinción de la deuda: prescrición y compensación.

35. Recaudación en período ejecutivo: disposiciones generales del procedimiento de apremio, embargo de bienes, enajenación de bienes embargados, créditos incobrables.

36. La función pública local. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. La selección de los funcionarios propios de la corporación.

37. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Los derechos colectivos. La seguridad social de los funcionarios locales. Referencia al personal laboral.

38. La contratación administrativa en la esfera local.

39. La hacienda local. Ordenanzas fiscales. Régimen jurídico del gasto público local.

40. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

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