Advertidos errores en la publicación de la mencionda orden publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 64, del 29 de marzo de 1996, es necesario efectuar las siguientes correcciones:
-En la página 2.948, primera columna, en el artículo 12º, párrafo nº 2, donde dice: «..., siempre que el vehículo no exceda de 8 años contados desde su primera matriculación», debe decir: «..., siempre que el vehículo no exceda de 6 años contados desde su primera matriculación».
-En la página 2.951, primera columna, en el artículo 25º, letra a), donde dice: «Modificación del ámbito de las autorizaciones por cambio de comarcal a territorial o de local a provincial y viceversa, para vehículos ...», debe decir: «Modificación del ámbito de las autorizaciones por cambio de comarcal a territorial o de local a provincial, para vehículos ...».
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