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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Martes, 16 de julio de 1996 Pág. 6.924

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

EDICTO de 4 de junio de 1996, de la Delegación Provincial de A Coruña, por el que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación de la línea eléctrica a 132 kV Eume-Mourela y Eume II, A Capela y As Pontes de García Rodríguez. (Expediente 57/1994).

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y consecuentes de su Reglamento de 26 de abril de 1957, declarada la urgente ocupación por Decreto 163/1996, de 25 de abril (Diario Oficial de Galicia de fecha 15 de mayo de 1996), para imposición de servidumbres de paso sobre los bienes y derechos afectados por las instalaciones de:

-Línea eléctrica aérea a 132 kV de 16.777 m, de longitud desde la subestación Eume a la de Mourela,

y derivación Eume II de 950 m, en su recorrido por los términos municipales de A Capela y As Pontes de García Rodríguez (expediente nº 57/1994).

De la entidad Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio en c/ Fernando Macías nº 2, 15004 A Coruña; se hace saber a todos los propietarios propuestos y demás interesados en este expediente, a los que se les practicará notificación al efecto, que en los días y horas que en las mismas se anunciará, se procederá por el representante y el perito de la Administración a la toma de datos sobre cada finca, y a continuación en las oficinas de cada Casa Consistorial, al levantamiento de las actas previas a la ocupación.

Las relaciones de las fincas afectadas para las que se sigue la imposición de la servidumbre fueron publicadas en el BOP de A Coruña de fechas 6 y 28 de octubre, 23 de mayo y 9 de agosto de 1995, respectivamente. Las relaciones actualizadas, excluidas las fincas para las que se logró el mutuo acuerdo, se exponen junto con este edicto en los tablones de cada municipio.

Se advierte a los interesados que en los días y horas que les serán señalados, podrán hacerse acompañar de sus peritos y un notario, a su costa, y formular por escrito ante esta delegación hasta aquel momento las alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores padecidos al relacionar los bienes afectados.

A Coruña, 4 de junio de 1996.

Juan Ignacio Lizaur Otero

Delegado provincial de A Coruña

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