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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Martes, 16 de julio de 1996 Pág. 6.908

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ORDEN de 26 de junio de 1996 por la que se declara enajenable una parcela de 1.148 m aproximadamente que forma parte de la finca donde se encuentra el complejo deportivo Monterrei, situado en el lugar de O Penedo, término municipal de Pereiro de Aguiar (Ourense).

El artículo 10.2º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega exige, para que se produzca la desafectación de los bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma, acuerdo del Consello da Xunta, previa instrucción del expediente por la consellería de Economía y Hacienda, a instancia de la Consellería interesada y siempre que se acredite la desaparición de las causas justificativas de la afectación.

En cumplimiento del citado precepto, el Consello de la Xunta aprobó el Decreto 234/1996, de 30 de mayo, por el que se desafecta del dominio público unha parcela de 1.148 m aproximadamente que forma parte de la finca donde se encuentra ubicado el complejo deportivo Monterrei, sito en el lugar de O Penedo, término municipal de O Pereiro de Aguiar (Ourense).

Por ello, una vez adquirida naturaleza patrimonial y con el objeto de posibilitar el enajenamiento de

la misma, es necesario, según el artículo 24 de la citada Lei 3/1985, del patrimonio de la comunidad gallega, proceder a su declaración de alienabilidade.

En virtud de lo anterior,

DISPONGO:

1. Se declara enajenable una parcela de 1.148 m aproximadamente que forma parte de la finca donde se encuentra ubicado el complejo deportivo Monterrei, situado en el lugar de O Penedo, término municipal de O Pereiro de Aguiar (Ourense). Linda: al norte con la finca matriz y finca de la Fundación San Rosendo; sur, en una longitud de 38 metros, con camino particular de la Fundación San Rosendo; este, con finca de dicha Fundación, y oeste, con finca matriz.

2. El inmuele descrito en el párrafo anterior constituye una porción que se va a segregar de la finca en la que se sitúa el complejo deportivo Monterrei, encontrándose inscrita dicha finca en el Registro de la Propiedad nº 2 de Ourense, en el tomo 1.336 del archivo, libro 88 del Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar, folio 163, finca 10.435, inscripción 1ª.

3. La valoración de la parcela, previa la tasación correspondiente, asciende a un millón noventa mil seiscientas ptas. (1.090.600 ptas.).

Santiago de Compostela, 26 de junio de 1996.

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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