A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 2617/1966 y en el artículo 10 del Decreto 2619/1966, se somete a información pública la petición de autorización y declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica que se describe:
Solicitante: Parque Eólico a Capelada, AIE.
Domicilio social: Avda. de Burgos, 8-B planta 18, 28000 Madrid.
Denominación: LAT a 132 kV Parque Eólico A Capelada-Subest. Mera.
Situación: Cedeira-Ortigueira.
Características técnicas: línea eléctrica aérea de alta tensión, a 132 kV, sobre apoyos metálicos en celosía y con conductor LA-180, de 7.115 m de lontigud, con origen en la subestación del Parque Eólico A Capelada, en simple circuito y con conductor de tierra AC-50 hasta el apoyo nº 4 de la línea subestación de Cedeira-subestación de Mera, y en doble circuito uno de Parque Eólico A Capelada y otro de Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., desde apoyo nº 4 a pórtico de llegada de subestación de Mera, discurriendo por los municipios de Cedeira y Ortigueira.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta delegación provincial, en el plazo de treinta días.
A Coruña, 31 de mayo de 1996.
Juan Ignacio Lizaur Otero
Delegado provincial de A Coruña
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