Examinado el expediente de concesión de medallas al mérito, placas y diplomas de protección civil de esta Comunidad Autónoma, relativas al año 1995, y de conformidad con la propuesta formulada por la comisión evaluadora prevista en el artículo 16 de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 22 de abril de 1994,
DISPONGO:
Primero.-Concederle a Miguel Ángel Martínez Lorenzo, a título póstumo, la medalla al mérito de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la categoría de oro.
Segundo.-Declarar desierta la concesión de la medalla al mérito de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la categoría de plata.
Tercero.-Concederle a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de A Serra de Outes la placa de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Cuarto.-Concederle a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de A Mariña Lucense la placa de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Quinto.-Concederle a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de la Mancomunidad Navea-Bibei la placa de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Sexto.-Concederle a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Vigo la placa de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Séptimo.-Concederle a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de O Grove la placa de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Santiago de Compostela, veintisiete de junio de mil novecientos noventa y seis.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
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