El 29 de mayo de 1996, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria recibe de la sección primera de la Sala del Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, la provi
dencia por la que se admite el recurso contencioso-administrativo nº 01/0000822/96, interpuesto por Videlba, Sociedad Cooperativa Limitada contra resolución de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 14 de marzo, en la que se desestima la solicitud de autorizar el funcionamiento de una 2ª unidad de 1º de Educación Primaria, para el curso 1996-1997.
En consecuencia, esta secretaría general acordó en esta fecha y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley del 27 de diciembre de 1956, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, modificada por la Ley 10/1992, de 30 de abril, la remisión del correspondiente expediente administrativo a la referida sala, lo que se notifica para general conocimiento a todas las personas interesadas en el procedimiento, y se les emplaza para que puedan comparecer en autos en la sección primera de la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de nueve días.
Santiago de Compostela, 20 de junio de 1996.
Máximo García Serrano
Secretario general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
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