De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha resuelvo publicar la resolución del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 13/1989, de montes vecinales en mano común, por no ser posible su notificación.
El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 311.000.166/2 de Caixa Galicia, en A Coruña, O.P. en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que serán facilitados en esta dirección general, o en cualquiera de los servicios de Mon
tes e Industrias Forestales. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra esta resolución, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este se presente, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.
Santiago de Compostela, 6 de mayo de 1996.
Tomás Pérez Vidal
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes
ANEXO
-Expediente sancionador nº: MV ·&/1995-C.
Artículo infringido: 411 del Reglamento de montes.
Cuantía de la sanción: tres mil setecientas cincuenta (3.750) pesetas.
Cuantía de indemnización: tres mil setecientas cincuenta (3.750) pesetas.
Denunciado: José Rial González.
DNI nº: 33.202.122.
Domicilio: Teaio-Dodro (A Coruña).
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