En virtud de lo acordado en autos de juicio declarativo de menor cuantía, tramitados ante este juzgado número dos de Lalín, a instancia de Manuel Caramés Carreira, mayor de edad, vecino de Agolada, representado por la procuradora Blanco Mosquera, contra Manuel Caramés Sampayo, Saladina Costa Sobrado, Angel Caramés Lareu, María Vázquez, José Varela, Pedro Corral Souto, Luis Vázquez Quintela, José Iglesias Mejuto, Magín Carballal Val, Antonio Ayude Vázquez, Plácido Sánchez Rodríguez, cura párroco de San Miguel de Brocos, Ramón Orza Orza, Jesús Iglesias Mejuto, Daniel Coral Mato, Aurora Ayude Caramés, Alfredo Souto Costa, Ángel Iglesias Mejuto, María Fernández Dacosta, Jesús Quinteira Sueiro, todos ellos vecinos de Brocos-Agolada, Eduardo Mouriño López de Arnego-Cruces, Manuel Asorey Gil, vecino de Sexto-Cruces, Jorge Rey Mouriño, vecino de Arnego-Cruces, la entidad Unión Eléctrica Fenosa, y cualquier persona desconocida e incierta que pueda tener interés en el aprovechamiento del auga
de la aldea de Brocos-Agolada, se emplaza a éstas últimas a fin de que, en el plazo de diez días comparezcan en autos personándose en forma, bajo apercibimiento que, de no hacerlo, se les declarará en rebeldía continuando el juicio su curso.
Y para que conste y sirva de emplazamiento a las personas desconocidas e inciertas, y publicar en el DOG, expido y firmo la presente cédula en Lalín, a veintidós de abril de mil novecientos noventa y seis.
El secretario
Rubricado
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