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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Martes, 02 de julio de 1996 Pág. 6.523

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores P-216/1995, P-242/1995 y P-312/1995 (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la propuesta de resolución por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial en Galicia.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercición de la potestad sancionadora, los denunciados en plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación; podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5º planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 28 de mayo de 1996.

Pilar Pita Ponte

Instructora

ANEXO

-Expediente: P-216/1995.

Denunciado: Jesús Leboran Martínez.

Último domicilio conocido: Labacolla-Sampaio-Santiago de Compostela.

Hecho denunciado: pescar sin licencia, el día 13-5-1995, en el lugar de S. Pedro de Riveira, en el río Ulla, Touro.

Precepto infringido: artículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artículo 34 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.

Sanción: 50.001 ptas. e Inh. para obtener la Lic. de pesca 1 año.

-Expediente: P-242/1995.

Denunciado: Ángel Luis Piñeiro Bures.

Último domicilio conocido: Campaña-Valga.

Hecho denunciado: pescar sin licencia, el día 20-5-1995, en el río Ulla, lugar embarcadero de Campaña, Valga.

Precepto infringido: artículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artículo 34 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.

Sanción: 50.001 ptas. e Inh. para obtener la Lic. de pesca 1 año.

-Expediente: P-312/1995.

Denunciado: Vicente M. Serramito González.

Último domicilio conocido: Quiroga Palacios, 34-3º. Santiago de Compostela.

Hecho denunciado: tenencia de pesca de talla inferior a la permitida (1 esgun de salmón de 17 cm. y 1 trucha de 14,5 cm.) el día 12 de julio de 1995 en el río Deza.

Precepto infringido: artículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.

Precepto sancionador: artículo 34 da Ley 7/1992 de pesca fluvial.

Sanción: 5000 ptas. e indemnización de 11.000 ptas. por los daños ocasionados a la riqueza piscícola.

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