En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y para los efectos previstos en el mismo, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y estatutos del Sindicato Asociación de Médicos Sustitutos de las provincias: A Coruña y Pontevedra (AMESU) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a dicho sindicato todos los médicos que acrediten la titulación correspondiente y justifiquen su condición de sustituto.
Firma el acta de constitución: Mª Concepción Cabo Pérez y nueve personas más.
Santiago de Compostela, 7 de junio de 1996.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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