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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Lunes, 01 de julio de 1996 Pág. 6.449

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

NOMBRAMIENTOS:

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 266/1996, de 20 de junio, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Escolar de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consellos escolares de Galicia, en el artículo 7 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley y una vez designados por los organismos representativos de los sectores con incidencia en el ámbito educativo, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de junio de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Cesan como miembros del Consejo Escolar de Galicia las siguientes personas:

1º.-En representación de la Administración educativa designados por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:

-Luis Framil Álvarez.

-Antonio Peleteiro Fernández.

-Juan José Bértolo Cadenas.

2º.-En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de enseñanza no universitaria de Galicia:

b) Enseñanza privada.

-Mª Jesús Juanatey Málvarez (Confederación Intersindical Gallega, CIG).

3º.-En representación de los alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de alumnos, en proporción a su representatividad:

-David Regades Fernández (Federación de Asociacións de Xoves Estudiantes Galegos, FAXEG).

-Xosé R. Rico Saavedra (Federación de Asociacións de Alumnos Sindicato de Estudiantes de Galicia).

-María Rivas López (Federación de Asociacións de Xoves Estudiantes Galegos, FAXEG).

4º.-En representación de la Administración local, propuestos por las federaciones o asociaciones de ayuntamientos:

-Manuel Varela Rey (Ayuntamiento de Carballo).

Artículo 2º

Se nombran miembros del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en el articulado de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, a las siguientes personas:

1º.-En representación de la Administración educativa designados por el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria:

-Severino Somoza Gómez.

-José Luis Mira Lema.

-Máximo García Serrano.

2º.-En representación de los profesores en los niveles educativos correspondientes al ámbito de la enseñanza no universitaria de Galicia:

b) Enseñanza privada.

-Armindo Francisco Mera (Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Galicia, FESIE-GALICIA).

3º.-En representación de los alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de alumnos, en proporción a su representatividad:

-Beatriz Sierra Santos (Federación de Asociacións de Xoves Estudiantes Galegos, FAXEG).

-Marcos Maceiras Eiras (Comités Abertos de Estudiantes, CAE).

-Anxo Iglesias Covelo (Comités Abertos de Estudiantes, CAE).

4º.-En representación de la Administración local, propuestos por las federaciones o asociaciones de ayuntamientos:

-José Manuel Martínez García (Ayuntamiento de Boqueixón).

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de junio de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

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