En desarrollo del Decreto 20/1994, de 4 de febrero, la Orden de 14 de diciembre de 1995, determina los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 1996.
Debido al inicio del período estival de rebajas el día 1 de julio de 1996, y teniendo en cuenta el interés general del comercio y de los consumidores en esta actividad de promoción de ventas, se considera oportuno sustituir el día 30 de junio por el día 7 de junio de 1996. En su virtud,
DISPONGO:
Artículo único.-Se modifica el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos
establecido por la Orden de 14 de diciembre de 1995, en el sentido de sustituir el día 30 de junio por el día 7 de julio de 1996.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de junio de 1996.
Antonio Couceiro Méndez
Conselleiro de Industria y Comercio
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