Por el Decreto 154/1996, de 17 de abril, de la Xunta de Galicia, publicado en el DOG nº 91 de fecha 9 de mayo de 1996, se concedieron a Unión Eléctrica Fenosa S.A. los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto incluido en el Plan MEGA que se cita más adelante, imponiéndose la servidumbre de paso de energía eléctrica con el alcance del Art. 4 de la Ley 10/1966, de 18 de marzo.
Siguiendo los trámites reglamentados en el Art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa, se hace saber que transcurridos ocho días desde la última de las publicaciones prevenidas en la consecuencia 2ª de dicho texto legal, y en las fechas y horas que constan en las notificaciones que se practicarán a cada uno de los interesados, el representante de la Administración procederá a levantar sobre el terreno las actas previas a la ocupación, trámite al que deberán asistir los titulares de bienes y derechos afectados, personalmente o debidamente representados, pudiéndose acompañar, si así lo estiman conveniente, y a su costa, de sus peritos y un notario.
La declaración concreta e individualizada de los interesados y de sus bienes afectados, en la que tam
bién figuran las fechas y horas en que se levantará el acta previa de cada parcela, se expone en los tablones de anuncios de esta delegación provincial y de los respectivos ayuntamientos.
La instalación comprendida en el expresado decreto de la Xunta de Galicia e la siguiente:
Decreto 154/1996. Línea eléctrica aérea a 20 kV, de 759 m de longitud, que alimenta el C.T. de Rairo (Ourense). Expte. nº 10/1995 A.T.
Ourense, 28 de mayo de 1996.
Alfredo Cacharro Pardo
Delegado provincial de Ourense
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