En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y de los estatutos de la Asociación Gallega de Distribuidores de Gasóleo, que tiene los siguiente ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la mencionada asociación todas las empresas dedicadas a la distribución de productos petrolífeores que operen en la Comunidad de Galicia, y cumplan los requisitos legales para ser distribudores de producto petrolíferos con las siguiente inscripción en el registro creado según el Real decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, así como estar en posesión del CAE.
Firman el acta de constitución: Jesús López Somoza y nueve personas más.
Santiago de Compostela, 20 de mayo de 1996.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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