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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Jueves, 13 de junio de 1996 Pág. 5.842

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (373/1995).

Yo, Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, doy fe de que en los autos a que se hace mención se dictó la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispostiva dicen:

«En Santiago de Compostela a diecisiete de enero de mil novecientos noventa y seis. En nombre de El-Rey. Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de esta ciudad, ha pronunciado la siguiente sentencia:

En el juicio de faltas número 373/1995, dimanante del procedimiento seguido por estafa en el que han sido parte, además del Ministerio Fiscal, Gustavo Francisco Guerrero Arias, denunciante, con domicilio

en Hipermercado Jumbo; Fernando Pintos Martín, denunciado, con domicilio en la calle Alexandre Bóveda, bloque 15-1º A, Santiago de Compostela; Jesús Mallou Ruso, denunciado, con domicilio en la calle Alexandre Bóveda, bloque 15-2º A, Santiago de Compostela.

Fallo que debo condenar y condeno a Fernando Pintos Martín como responsable de una falta del artículo 587 del Código Penal, con pena de cinco días de arresto menor y que indemnice al representante de Hipermercado Jumbo en la cantidad de 5.000 pesetas.

Así, por esta mi sentencia, que será notificada a las partes con la advertencia de que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial de A Coruña en el plazo de cinco días, quedando las actuaciones durante este período en secretaría a disposición de las partes. (El recurso se formalizará y tramitará conforme a los artículos 795 y 796 de la Ley de enjuiciamiento criminal), y de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial, de 1 de julio de 1985, contra la presente resolución podrán las partes, interponer recurso de apelación, para ante el juzgado de instrucción, dentro de cinco días, quedando las actuaciones durante este período en secretaría.

Y para su inserción en el Diario Oficial de Galicia, para que sirva de notificación a Fernando Pintos Martín, expido y firmo el presente testimonio en Santiago de Compostela a veinticinco de abril de mil novecientos noventa y seis.

El secretario judicial

Rubricado

9603483