Por medio de esta cédula se notifica a los denunciados con los datos y últimos domicilios conocidos señalados en el anexo las resoluciones sancionadoras dictadas por el subdirector general de Inspección de Transportes, recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste para interponer recurso ordinario ante el director general de Transportes dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13-763620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste y sirva de notificación a los denunciados de dirección desconocida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 3 de mayo de 1996.
Juan Girón Astray
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
-Matrícula
-Denunciante -Último domicilio conocido -Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador propuesta-Expediente
-Denunciado
-Hecho denunciado
-Precepto
-Precepto
-Sanción
C-0516-AT
LE9OR0033289433 Lugo, 40-1º
15403 Ferrol
A Coruña
23-5-1995; 16.18; N-VI; 496,600 LOTT
Art. 198 C)
RGTO Art. 201 ROTT C-9863-AZ
LE9OR0033289433 San Vicente, 10
15010 A Coruña
06-09-95; 19:40; N-VI; 543,800 relación con
140 A) LOTT
Art. 198 P) en
relación con
197 A) RGTO Art. 201 ROTTDX-00212-I-95
López Pita, J.A.
Incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización administrativa (ITV caducada desde el día 10-3-1995).
Art. 141 C)
Art. 143 LOTT
50.000
DX-00383-I-95
T.S.N., S.L.
Realizar transporte público de mercancías (producto porcino) careciendo de la preceptiva autorización administrativa. Vehículo ligeiro.
Art. 141 O) en
Art. 143 LOTT
50.000
3600