En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Asociación de Productores Mejilloneros Ponte de Rande de Vilaboa, que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la mencionada asociación todas las empresas individuales o jurídicas existente y las que, en el futuro, pudieran crearse y que se dediquen a la producción, extracción y comercialización del mejillón.
Firman el acta de constitución: Celia Paredes Pequeño y cuatro personas más.
Santiago de Compostela, 9 de mayo de 1996.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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