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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 03 de junio de 1996 Pág. 5.293

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 25 de abril de 1996 por la que se aprueban las bases que regirán el concurso público de cinco becas de colaboración en proyectos de investigación que se desarrollarán en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro, y se anuncia su convocatoria.

El artículo 1 del Decreto 232/1994, de 14 de junio, en armonía con el artículo 27 del Estatuto de autonomía para Galicia, establece la competencia de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para la promoción y enseñanza de la lengua gallega y el fomento de la investigación.

Dentro del plan de actividades de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para 1996 figura la convocatoria pública de becas de investigación para realizar proyectos concretos sobre lingüística y literatura gallegas, en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro.

Su concesión se enmarca dentro de las funciones atribuidas a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en el artículo 3 del Decreto 25/1993, de 11 de febrero (DOG nº 34, del 19 de

febrero) de creación y puesta en funcionamiento del Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro.

En su virtud, apruebanse las siguientes:

BASES

Primera.-Objeto.

El concurso tiene por objeto la adjudicación de cinco becas de colaboración en los proyectos concretos de investigación que se desarrollarán en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias, y que se incluyen como anexos a la presente orden, en los que se detallan los requisitos específicos que deben reunir los solicitantes.

Segunda.-Cuantía de las becas.

El importe de las becas incluirá:

-Una asignación mensual de 122.000 pesetas, con la retención fiscal que corresponda, que será incompatible con cualquier otra ayuda o actividad remunerada.

-Seguro de asistencia médica y seguro combinado de accidentes.

Para el gasto que se proyecta se habilitará el crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 07.06.353F.480.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma gallega para el año 1996.

Tercera.-Duración.

El período de disfrute de las becas será hasta el 31 de diciembre de 1996.

La fecha de incorporación al centro será dentro de los diez días siguientes al de la notificación de la adjudicación. El becario que no se incorpore en el plazo establecido perderá los derechos inherentes a la beca concedida, salvo causa justificada de retraso apreciada por el coordinador científico del Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro.

Por resolución de la Dirección General de Política Lingüística, las becas se podrán prorrogar anualmente, hasta un máximo de tres años, incluido el año de la concesión, a la vista del trabajo realizado por el becario, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias. En el supuesto de prórroga la dotación económida se incrementará de acuerdo con el índice de precios al consumo que se establezca para cada año.

Cuarta.-Requisitos generales:

a) Ser ciudadano español.

b) Estar en posesión del título de licenciado.

c) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.

Quinta.-Solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo, irán dirigidas al coordinador-científico del Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro y se entregará en la sede de este (carretera Santiago-Noia, km 3 -A Barcia, 15896 Santiago de Compostela), o bien en cualquiera de los centros previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el DOG, acompañadas de la documentación siguiente:

-Certificación académica personal completa.

-Currículum vitae, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada comprometiéndose a renunciar, si fuese seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones, becas o ayudas, y también de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración ni institución pública como consecuencia de expediente disciplinario.

Todos los documentos deberán ser originales o copias cotejadas con ellos.

Sexta.-Selección.

La selección de los candidatos será realizada por una comisión presidida por el coordinador-científico del Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro y compuesta por tres vocales propuestos por aquel y nombrados por el direcctor general de Política Lingüística. Actuará como secretario el administrador del centro.

Además del examen de la documentación presentada, la comisión podrá convocar a los solicitantes a una entrevista personal.

La comisión no valorará aquellos méritos alegados por los solicitantes en sus instancias que no estén acreditados documentalmente. El presidente de la comisión propondrá al director general de Política Lingüística la relación de candidatos seleccionados para su nombramiento.

Séptima.-Obligaciones.

-Los becarios permanecerán en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro, en horario habitual de jornada de mañana o tarde.

-El incumplimiento por parte del becario de alguna de las condiciones recogidas en las presentes bases supondrá la pérdida de la beca concedida y, de ser el caso, el reintegro de las cantidades ya cobradas.

-La condición de becario no dará lugar a relación laboral ni administrativa con la Xunta de Galicia.

Octava.-La convocatoria, sus bases y todos cuantos actos administrativos se derivan de ella, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Novena.-Pago de la beca.

El pago de la beca se realizará mensualmente, previo informe del director de la investigación, siempre que los trabajos se desarrollen con normalidad y de acuerdo con las bases establecidas.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Política Lingüística para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de abril de 1996.

Juan Piñeiro Permuy

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

Sr. Director General de Política Lingüística

ANEXO I

DOS BECAS PARA COLABORAR EN EL PROYECTO DE LÍRICA MEDIEVAL GALEGO-PORTUGUESA

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el proyecto de lírica medieval galego-portuguesa que se desarrolla en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro.

1. Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta orden:

-Conocimiento de la lengua gallega a nivel de perfeccionamiento.

-Ser licenciado en filología.

-Conocimiento de informática, en calidad de usuario.

-Tener experiencia investigadora en lírica románica medieval, preferentemente en el ámbito gallego-portugués.

ANEXO II

UNA BECA PARA COLABORAR EN EL PROYECTO DE DICCIONARIOS DE LITERATURA

Esta beca tiene como finalidad colaborar en los distintos diccionarios de literatura que se están realizando en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro.

1. Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar las becas a las que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta orden:

-Conocimiento de la lengua gallega a nivel de perfeccionamiento.

-Ser licenciado en filología.

-Tener experiencia investigadora en temas literarios.

-Acreditar conocimiento instrumental de idiomas, preferentemente inglés y alemán.

-Conocimientos de informática, en calidad de usuario.

-Sólida formación e experiencia investigadora en teoría y crícias literarias.

ANEXO III

UNA BECA PARA COLABORAR EN EL PROYECTO DE DICCIONARIO DE FRASEOLOGÍA GALLEGA

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el Diccionario de Fraseología Gallega que se está elaborando en el Centro de Investigacións Lingüísticas e Literarias Ramón Piñeiro.

1. Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta orden:

-Conocimiento de la lengua gallega a nivel de perfeccionamiento.

-Tener un buen conocimiento del mundo rural gallego y comprensión y uso de su fraseología.

-Buen nivel de mecanografía.

-Dominio del francés.

-Se valorarán conocimientos del Dbase V.

ANEXO IV

UNA BECA PARA COLABORAR EN EL PROYECTO ESTUDIOS ETIMOLOGICOS GALLEGOS

Esta beca tiene como finalidad colaborar en los estudios etimológicos gallegos que se elaborarán en el Centro de Investigaciones Lingüísticas y Literarias Ramón Piñeiro.

1. Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta orden:

-Conocimiento de la lengua gallega a nivel de perfeccionamiento.

-Ser licenciado en filología clásica.

-Conocimiento de informática, en calidad de usuario.

-Sólida formación y experiencia investigadora en estudios etimológicos.

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