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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Martes, 28 de mayo de 1996 Pág. 5.024

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (485/1995).

En virtud de lo acordado por providencia de esta fecha recaida en los autos de juicio declarativo de cognición nº 485/1995, se notifica a los demandados desconocidos e inciertos trabajadores de Impermeabilizaciones Tajes, S.L., la sentencia dictada en los mismos, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

Vistos por Manuel Pérez Echenique, magistrado-juez de Primera Instancia número uno, de esta ciudad, y su partido, los presentes autos de juicio de cognición, seguidos en este juzgado con el nº 485/1995, entre partes, de una como demandante, la entidad Iberica, Compañía Anónima de Seguros Generales, domiciliada en Barcelona, representada en autos por el procurador Barreiro Fernández, asistida del letrado Ferreiro Casal, y de otra como demandados, la entidad Impermeabilizaciones Tajes, S.L., domiciliada en Narón (A Coruña), calle San Avelino, nº 13-15, representada en autos por la procuradora Goimil Martínez, asistida de la letrada Lorenzo Sueiro, y contra los desconocidos e inciertos trabajadores

de Impermeabilizaciones Tajes, S.L. incomparecidos y en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo que estimando la demanda formulada por el procurador Barreiro Fernández, en nombre y representación de la entidad Iberia Cía Anónima de Seguros Generales, contra la entidad Impermeabilizaciones Tajes, S.L., a quien representa la procuradora Goimil Martínez, debo condenar y condeno a la demandada que satisfaga a la mercantil demandante la suma de 117.375 ptas., y al pago de las costas causadas.

Se absuelve a los desconocidos e inciertos trabajadores de Impermeabilizaciones Tajes, S.L.

Llévese certificación de esta sentencia al proceso principal, haciendo saber a las partes que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación dentro del plazo de cinco días, para ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

La anterior sentencia ha sido publicada en el mismo día de su fecha.

Y para que sirva de notificación a los demandados desconocidos e inciertos trabajadores de Impermeabilizaciones Tajes, S.L., declarados en rebeldía, expido el presente edicto para su inserción en el DOG que firmo en Santiago de Compostela a catorce de marzo de mil novecientos noventa y seis.

El magistrado-juez

Rubricado

El secretario

Rubricado

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