En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha, dictada en el juicio sumario del artículo 131 de la Ley hipotecaria, seguido bajo el número 249/1995 ante este juzgado, a instancia de Banco Popular, S.A., representado por el procurador Narciso Caamaño Queijo, contra Antonio López Candal y Josefa Iglesias Blanco, en reclamación de 53.464.714 ptas. de principal, intereses pactados y costas, por medio de la presente cédula se notifica la existencia de este procedimiento a las entidades Banco Simeón S.A. y Banco de Galicia, S.A., como acreedores de los demandados, para que puedan, si les conviniere, intervenir en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y los intereses y costas en la parte que esté asegurada con la hipoteca de la finca, quedando en dicho supuesto subrogados en los derechos del actor.
Y para que sirva de notificación en forma a dichas entidades, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo de la regla quinta del artículo 131 de la Ley hipotecaria, y para su inserción en el tablón de anuncios de este juzgado y en el Diario Oficial de Galicia, libro la presente cédula en Santiago de Compostela, a veintiocho de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.
El secretario judicial
Rubricado
9603710