Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Lunes, 13 de mayo de 1996 Pág. 4.523

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación (224/1995).

María Manuela García-Jalón de la Lama, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, doy fe que en el juicio de divorcio que se sigue en este juzgado con el número 224/1995, se dictó la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela a cinco de febrero de mil novecientos noventa y seis, Ángel Pantín Reigada, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de los de esta ciudad, ha dictado la presente resolución en el procedimiento civil de divorcio seguido en este juzgado con el número 224/1995, en el que han actuado, como partes, Segunda Rodríguez Pérez, mayor de edad y vecina de Santiago de Compostela, representada por el procurador de los tribunales Antonio Cuns Núñez y asistida por el letrado Jesús Waldo Maroño Gargallo; como demandado Ezequiel Solar Prieto, mayor de edad y en paradero desconocido.

Fallo que debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por Segunda Rodríguez Pérez y Ezequiel Solar Prieto, y apruebo como medidas reguladoras de la situación patrimonial y personal creada por esta resolución las aprobadas en la sentencia de separación antes reseñada, sin perjuicio de que pueda plantearse en ejecución de esta resolución incidente para la cuantificación de la contribución del esposo. No se hace imposición de costas. Una vez firme esta resolución, líbrense los despachos oportunos para practicar la inscripción marginal de la misma en el Registro Civil. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en este juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, la pronuncio, mando y firmo».

Y para que así conste y sirva de notificación al demandado Ezequiel Solar Prieto, expido y firmo la presente cédula en Santiago de Compostela a veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

Rubricado

9602873