Con fecha 29 de febrero de 1996, el presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra recibe de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo sección segunda, del Tribunal Superior de Justica de Galicia, providencia por la que se admite el recurso contencioso administrativo 02/0004437/1996, intepuesto por Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de San Cibrao contra acuerdos del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común 21-11-1995 sobre clasificación como vecinal en mano común el monte de Couso, de la parroquia de Guláns, ayuntamiento de Ponteareas.
En consecuencia, esta presidencia acordo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la jurisdicción contenicoso-administrativa, modificada por la Ley 10/1992, de 30 de abril la remisión del correspondiente expediente administrativo a la referida sala. Lo que se notifica para general conocimiento de todas las personas interesadas en el procedimiento que quedan emplazadas para que puedan presentarse y comparecer en forma en los autos de la Sala de lo Contenicoso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galica en el plazo de nueve días.
Pontevedra, 18 de marzo de 1996.
José Luis Díez Yáñez
Presidente del jurado de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra
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