Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Martes, 07 de mayo de 1996 Pág. 4.243

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 2 de abril de 1996, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación de la resolución formulada en el expediente sancionador de epizootias LU-105/1995, devuelta por el servicio de correos por encontrarse ausente en las horas de reparto su destinatario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de la administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica al denunciado con los datos personales y última dirección conocida, que se señala a continuación, la resolución del correspondiente expediente sancionador por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Lugo, contra la que podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de esta publicación.

En caso de conformidad con esta resolución, el pago de la sanción se deberá hacer efectivo en el plazo de quince (15) días mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de Hacienda Gallega; cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones nº 311-152-116/7-Caixa Galicia, oficina principal Lugo.

ANEXO

Expediente: LU-105/1995.

Denunciado: Jesús Bouza Ramos.

DNI nº: 76.387.882.

Última dirección conocida: calle Monasteiro de Monfero, 48-1º, O Ferrol (A Coruña).

Hechos imputados: circular el día 27 de julio de 1995 en el vehículo matrícula C-9450-R2, de vuelta de dejar dos reses en el matadero de Rábade (Lugo), careciendo del documento acreditativo de tener el vehículo registrado en la delegación provincial de Agricultura para transportar ganado.

Tipificación infracción Reglamento de epizootias:

-Precepto infringido: artículo 52.

-Precepto sancionador: artículo 215.

-Calificación infracción: menos grave.

-Sanción impuesta: 25.000 pesetas.

Lugo, 2 de abril de 1996.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

9603236