Visto el expediente incoado por Luisa Otero Méndez, en el que solicita el cambio de dominio mortis-causa del vivero flotante de cultivo de ostra y vieira denominado Soutullo II, otorgado por la Orden ministerial de 9-12-964 (BOE nº 302), situado en la cuadrícula nº 15, del polígono F de O Grove, finalizando la concesión el 18-12-2004 y del que era titular Manuel Otero Vidal.
Teniendo en cuenta lo informado por el Servicio Jurídico y de Planificación y de conformidad con lo señalado en el artículo 59 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia y considerando que al expediente figuran unidos el certificado de defunción, la certificación del registro de últimas voluntades, la declaracióin de herederos ab-intestato, la relación de bienes debidamente liquidada de impuestos y el cuaderno particional de la herencia, esta consellería tuvo a bien acceder a lo solicitado, declarando titular de la concesión administrativa y del vivero del que se trata, en las mismas condiciones que las expresamente consignadas en la orden ministerial de otorgamiento, a favor de Mª Luisa Otero Méndez e Manuel Otero Méndez.
Los nuevos titulares se subrogan en el plazo, derechos y obligaciones del anterior, así como quedan obligados a observar las disposiciones en vigor sobre este particular.
Vigo, 1 de abril de 1996.
P.D. (Orden 27-6-1990)
Juan M. López García
Delegado territorial de Vigo (Pontevedra)
9603013