Vista la propuesta y la documentación aportada por la Diputación Provincial de Lugo, relativa a la supresión del puesto de colaboración de Viceinterventor, de dicha diputación provincial, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Esta consellería, de conformidad con lo establecido en el artículo 159.1º del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en el artículo 2 g) del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13.2º 17 de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia,
DISPONE:
Suprimir el puesto de colaboración de viceinterventor, de la Diputación Provincial de Lugo.
Contra la presente orden se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 22 de marzo de 1996.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
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