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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 22 de abril de 1996 Pág. 3.748

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 26 de febrero de 1996, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifican las providencias de apertura de los expedientes sancionadores de pesca, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios. (4/1995P y treinta y uno más).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), se notifica a los denunciados, con los datos personales y última dirección conocida que se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de pesca 7/1992, de 24 de Julio (DOG nº 151, del 5 de agosto). Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquiera de los supuestos determinados en los artículos 28 y 29 de la LRJPA.

Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Progreso nº 161, entresuelo

y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.

De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme al artículo 13 del Reglamento 1398/1993, de 4 de agosto, del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.

Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda. Todo ello sin prejuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del artículo 8 del citado reglamento.

El órgano competente para resolver los señalados procedimientos, dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el artículo 12 de la LRJPA y en el 40.3º de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes

ANEXO

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

propuesta

Instructora

4/95PManuel Soto GonzálezManuel de Castro, 1-6ºC

(Vigo)

Pescar empleando redes tipo trasmalloArt. 35.3 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial500.001Mª Rosa Rguez. Cougil
7/95PJosé Benito Varela IglesiasSan Pedro As Caldas, 20-1º

(Ourense)

Pescar en época de veda y sin permiso de cotoArts. 34.8 y 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial65.000Mª Rosa Rguez. Cougil
13/95PVicente Francisco Cao

González

Quinteiro, 14 (Cortegada de Baños)Pescar en época de veda y sin llevar consigo la licenciaArts. 34.8 y 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial51.500Mª Rosa Rguez. Cougil
16/95PEulogio Babarro SuárezCarretera nacional 525

(Allariz)

No llevar documentación y no respetar limitacionesArts. 33.1 y 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial8.500Mª Rosa Rguez. Cougil
19/95PÁngel Díaz FernándezRío Támega, 24-4º Izqda.

(Ourense)

Pescar en tramo vedado y no llevar documentaciónArts. 34.6 y 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
25/95PFrancisco Bouzo GregoresCarretera de O Irixo, 54

(O Carballiño)

Pescar sin licencia y sin permiso de coutoArts. 34.1 y 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial65.000Mª Rosa Rguez. Cougil
28/95PAntonio Muñoz SaburidoRabaza de Arriba, 26

(Ourense)

Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
35/95PJosé Benito Rodríguez NeiraMarcelo Macías, 91-4ºD

(Ourense)

No llevar documentaciónArt. 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial1.500Mª Rosa Rguez. Cougil

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

propuesta

Instructora

44/95PÁngel Pumar BóvedaSáenz Díez, 87-5ºA

(Ourense)

No respetar limitacionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial11.000Mª Rosa Rguez. Cougil
55/95PJuan José Estévez RodríguezAvda. Castrelos, 27

(Vigo)

No respetar limitacionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial9.000Mª Rosa Rguez. Cougil
59/95PEvaristo Pérez SuárezEdif. Villanueva, P.3

(Allariz)

No respetar limitacionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial7.000Mª Rosa Rguez. Cougil
63/95PAlfredo Pavón MeraEduardo Pondal, B-2ºD

(Ourense)

Pescar con más de dos cañasArt. 33.4 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial5.000Mª Rosa Rguez. Cougil
64/95PJosé Ricardo Pérez VeleiroCalle Maior, 3 (Maside)No respetar prescripcionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial10.000Mª Rosa Rguez. Cougil
70/95PAntonio Montes ÁlvarezViladerrei-TrasmirasCebar las aguasArt. 34.14 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
72/95PÓscar de la Calle NavarroPonte da Veiga, 9-9ºC

(Vigo)

Pescar en tramo vedadoArt. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
72/95PFrancisco Domínguez BenítezPuerto Maspalomas, 22-13

(Madrid)

Pescar en tramo vedadoArt. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
79/95PIsrael Andrade RodríguezCalle Ourense, 62 (Xinzo de Limia)Pescar con más de dos cañasArt. 34.4 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial5.000Mª Rosa Rguez. Cougil
81/95PMagín Murias MartínezChan de Curra, 5

(A Veiga)

No respetar limitacionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial7.000Mª Rosa Rguez. Cougil
94/95PJosé Quiroga GarridoAlmonte, s/n (Baños de Molgas)Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
94/95PJosé Luis Lage QuirogaFinca Lezón, 1-1º Izqda.

(Ourense)

Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
99/95PJuan Rodríguez FeijooVasco Díaz Tanco, 10 B

(Ourense)

Cebar las aguasArt. 34.14 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
110/95PSevero Gómez LópezLeopoldo Álvarez, 8 A

(Xinzo de Limia)

Pescar con más de dos cañasArt. 34.4 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial5.000Mª Rosa Rguez. Cougil
138/95PMiguel Ángel Pérez Fernándezc/ Claveles, 10, Ponferrada

(León)

Pescar en tramo vedadoArt. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
143/95PAlfonso Ortega LorenzoAvda. América, 1, Ponferrada

(León)

Pescar en tramo vedadoArt. 34/6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
145/95PJosé Manuel Arias RodríguezVentosela (Ribadavia)Pescar desde embarcación sin matrículaArt. 34.2 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
147/95PJosé Regal FernándezAvda. Portugal, 142

(Ourense)

Cortar vegetación de riberaArt. 34.22 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial1.411.501Mª Rosa Rguez. Cougil

Nº Expte.Nombre y apellidos del

denunciado

Último domicilio conocidoHecho denunciadoPrecep. infringido

y sancionador

Sanción

propuesta

Instructora

156/95PAlonso Gómez SánchezRemigio Sánchez del Álamo, 8

(Cádiz)

Pescar sin licenciaArt. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
157/95PAlbino Manuel Barreiro

Varela

Pereiras, s/n (Boborás)Pescar sin licenciaArt. 34.1. de la Ley 7/1992, de pesca fluvial50.001Mª Rosa Rguez. Cougil
175/95PManuel Cortiñas VázquezManuel Pereira, 28-2ºA

(Ourense)

No respetar limitacionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial9.000Mª Rosa Rguez. Cougil
180/95PFrancisco Rodríguez FernándezFolgoso (Montederramo)No respetar prescriciones y no llevar documentaciónArts. 33.9 y 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial35.000Mª Rosa Rguez. Cougil
187/95PRamón Mario González

Fábrega

Carretera Barra de Miño, 9-4ºA

(Ourense)

No respetar limitacionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial11.000Mª Rosa Rguez. Cougil
197/95PCésar Álvarez LópezPlaza Albenitz, 19-8-1ºB

Ponferrada (León)

No respetar prescricionesArt. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial15.000Mª Rosa Rguez. Cougil

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