De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), se notifica a los denunciados, con los datos personales y última dirección conocida que se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de pesca 7/1992, de 24 de Julio (DOG nº 151, del 5 de agosto). Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquiera de los supuestos determinados en los artículos 28 y 29 de la LRJPA.
Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Progreso nº 161, entresuelo
y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.
De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme al artículo 13 del Reglamento 1398/1993, de 4 de agosto, del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.
Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda. Todo ello sin prejuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del artículo 8 del citado reglamento.
El órgano competente para resolver los señalados procedimientos, dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el artículo 12 de la LRJPA y en el 40.3º de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes
ANEXO
denunciado
y sancionador propuestaNº Expte. Nombre y apellidos del
Último domicilio conocido Hecho denunciado Precep. infringido
Sanción
Instructora
(Vigo)
(Ourense)
González
(Allariz)
(Ourense)
(O Carballiño)
(Ourense)
(Ourense)
4/95P Manuel Soto González Manuel de Castro, 1-6ºC
Pescar empleando redes tipo trasmallo Art. 35.3 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 500.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 7/95P José Benito Varela Iglesias San Pedro As Caldas, 20-1º
Pescar en época de veda y sin permiso de coto Arts. 34.8 y 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 65.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 13/95P Vicente Francisco Cao
Quinteiro, 14 (Cortegada de Baños) Pescar en época de veda y sin llevar consigo la licencia Arts. 34.8 y 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 51.500 Mª Rosa Rguez. Cougil 16/95P Eulogio Babarro Suárez Carretera nacional 525
No llevar documentación y no respetar limitaciones Arts. 33.1 y 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 8.500 Mª Rosa Rguez. Cougil 19/95P Ángel Díaz Fernández Río Támega, 24-4º Izqda.
Pescar en tramo vedado y no llevar documentación Arts. 34.6 y 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 25/95P Francisco Bouzo Gregores Carretera de O Irixo, 54
Pescar sin licencia y sin permiso de couto Arts. 34.1 y 34.10 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 65.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 28/95P Antonio Muñoz Saburido Rabaza de Arriba, 26
Pescar sin licencia Art. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 35/95P José Benito Rodríguez Neira Marcelo Macías, 91-4ºD
No llevar documentación Art. 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 1.500 Mª Rosa Rguez. Cougil
denunciado
y sancionador propuestaNº Expte. Nombre y apellidos del
Último domicilio conocido Hecho denunciado Precep. infringido
Sanción
Instructora
(Ourense)
(Vigo)
(Allariz)
(Ourense)
(Vigo)
(Madrid)
(A Veiga)
(Ourense)
(Ourense)
(Xinzo de Limia)
(León)
(León)
(Ourense)
44/95P Ángel Pumar Bóveda Sáenz Díez, 87-5ºA
No respetar limitaciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 11.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 55/95P Juan José Estévez Rodríguez Avda. Castrelos, 27
No respetar limitaciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 9.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 59/95P Evaristo Pérez Suárez Edif. Villanueva, P.3
No respetar limitaciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 7.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 63/95P Alfredo Pavón Mera Eduardo Pondal, B-2ºD
Pescar con más de dos cañas Art. 33.4 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 5.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 64/95P José Ricardo Pérez Veleiro Calle Maior, 3 (Maside) No respetar prescripciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 10.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 70/95P Antonio Montes Álvarez Viladerrei-Trasmiras Cebar las aguas Art. 34.14 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 72/95P Óscar de la Calle Navarro Ponte da Veiga, 9-9ºC
Pescar en tramo vedado Art. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 72/95P Francisco Domínguez Benítez Puerto Maspalomas, 22-13
Pescar en tramo vedado Art. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 79/95P Israel Andrade Rodríguez Calle Ourense, 62 (Xinzo de Limia) Pescar con más de dos cañas Art. 34.4 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 5.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 81/95P Magín Murias Martínez Chan de Curra, 5
No respetar limitaciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 7.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 94/95P José Quiroga Garrido Almonte, s/n (Baños de Molgas) Pescar sin licencia Art. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 94/95P José Luis Lage Quiroga Finca Lezón, 1-1º Izqda.
Pescar sin licencia Art. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 99/95P Juan Rodríguez Feijoo Vasco Díaz Tanco, 10 B
Cebar las aguas Art. 34.14 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 110/95P Severo Gómez López Leopoldo Álvarez, 8 A
Pescar con más de dos cañas Art. 34.4 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 5.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 138/95P Miguel Ángel Pérez Fernández c/ Claveles, 10, Ponferrada
Pescar en tramo vedado Art. 34.6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 143/95P Alfonso Ortega Lorenzo Avda. América, 1, Ponferrada
Pescar en tramo vedado Art. 34/6 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 145/95P José Manuel Arias Rodríguez Ventosela (Ribadavia) Pescar desde embarcación sin matrícula Art. 34.2 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 147/95P José Regal Fernández Avda. Portugal, 142
Cortar vegetación de ribera Art. 34.22 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 1.411.501 Mª Rosa Rguez. Cougil
denunciado
y sancionador propuestaNº Expte. Nombre y apellidos del
Último domicilio conocido Hecho denunciado Precep. infringido
Sanción
Instructora
(Cádiz)
Varela
(Ourense)
Fábrega (Ourense)
Ponferrada (León)
156/95P Alonso Gómez Sánchez Remigio Sánchez del Álamo, 8
Pescar sin licencia Art. 34.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 157/95P Albino Manuel Barreiro
Pereiras, s/n (Boborás) Pescar sin licencia Art. 34.1. de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 50.001 Mª Rosa Rguez. Cougil 175/95P Manuel Cortiñas Vázquez Manuel Pereira, 28-2ºA
No respetar limitaciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 9.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 180/95P Francisco Rodríguez Fernández Folgoso (Montederramo) No respetar prescriciones y no llevar documentación Arts. 33.9 y 33.1 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 35.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 187/95P Ramón Mario González
Carretera Barra de Miño, 9-4ºA
No respetar limitaciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 11.000 Mª Rosa Rguez. Cougil 197/95P César Álvarez López Plaza Albenitz, 19-8-1ºB
No respetar prescriciones Art. 33.9 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial 15.000 Mª Rosa Rguez. Cougil
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