Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 22 de abril de 1996 Pág. 3.739

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (450/1994).

Gonzalo Jorge Cabaleiro de Saa, secretario de la Administración de Justicia con destino en el Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción número dos de Santiago de Compostela, certifico que en el libro de sentencias dictadas en este juzgado en procedimiento civiles consta la recaída en los autos de menor cuantía número 450/1994, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a veintinueve de enero de mil novecientos noventa y seis.

Francisco Javier Míguez Poza, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Santiago de Compostela y su partido judicial, vistos los presentes autos del juicio declarativo menor cuantía número 450/1994, promovidos por Juan Miguel Barros Dios y María Adoración Juiz Crespo, representados por la procurador Goimil Martínez y defendidos por el letrado Millán Calenti, contra la empresa E.C. Marítimo, S.L., representada por le procurador Paz Montero, y contra Ana Fernández Orcajada, Ángel Darío Lago Rodríguez, Segundo Lago Rodríguez y, Francisco Javier Lago Rodríguez, en situación procesual de rebeldía.

Fallo que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la procuradora Goimil Martínez en nombre y representación de Juan Miguel Barros Dios y María Adoración Juiz Crespo contra la empresa E.C. Marítimo, S.L. representada por el procurador Paz Montero, contra Ana Fernández Orcajada, Ángel, Segundo y Francisco Javier Lago Rodríguez, declarados en rebeldía procesal.

Las costas procesales se imponen a los demandantes.

Notifíquese a los rebeldes en alguna de las formas previstas legalmente.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este juzgado y ante la audiencia provincial».

La presente sentencia fue publicada en el mismo día de su fecha por el magistrado-juez que la suscribe, y para que así conste y sirva de notificación en forma a los demandados en situación procesal de rebeldía Ana Fernández Orcajada, Ángel Darío Lago Rodríguez, Segundo Lago Rodríguez, Francisco Javier Lago Rodríguez, expido y sello la presente cédula en Santiago de Compostela a ocho de marzo de mil novecientos noventa y seis.

El secretario judicial

Rubricado

1860