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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 18 de abril de 1996 Pág. 3.648

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTISO

EDICTO.

Publicada la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Santiso en el BOE nº 288 de fecha 2 de diciembre de 1995, y aprobadas por el Ayuntamiento Pleno las bases del correspondiente proceso selectivo, en sesión celebrada el día 13 de enero de 1996, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 41.14º.a) del ROF, en conexión con el artículo 21.1º.g) de la Ley 7/1995, de 2 de abril, he resuelto convocar pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición libre, una plaza de administrativo, con arreglo a las bases que a continuación se transcriben:

Bases que han de regir la convocatoria de las pruebas selectivas de acceso para la plaza de administrativo, de la subescala administrativa, escala de Administración general.

Primera.-Objeto de la convocatoria y características de la plaza.

1. De acuerdo con la oferta de empleo público, se convocan pruebas selectivas para proveer en propiedad, por el sistema de concurso-oposición libre, una plaza de administrativo, integrada en la escala de Administración general, subescala administrativa, grupo C, del artículo 25 de la ley 30/1984, dotada con las retribuciones básicas correspondientes a dicho grupo, y las complementarias y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente y que la corporación tenga establecidas o determine.

2. Son funciones mínimas del puesto de trabajo en atención a su propia naturaleza y características específicas dentro del organigrama funcional de este ayuntamiento, sin perjuicio de las demás que por necesidades del servicio pudieran corresponderle, las siguientes:

-Colaboración directa con la Secretaría-Intervención en la obtención y aportación de datos en informes, propuestas, expedientes y demás trabajos propios de la misma.

-Control y seguimiento de archivo, expedientes y documentos en general.

-Conocimiento y manejo de tratamiento de textos, bases de datos y hojas de cálculo, así como las aplicaciones específicas que se instalen.

-Realización y comprobación de liquidaciones, llevanza mecánica de la contabilidad, elaboración y comprobación de las cuentas, realización de cálculos de complejidad media y materias relacionadas.

-Seguimiento y control de servicios de gestión directa e indirecta.

-Sustituir provisionalmente a la secretaria-interventora en caso de ausencia o enfermedad.

-Información y atención al público a nivel de procedimientos administrativos.

-Tareas complementarias y coordinadas con las propias de los auxiliares de Administración general.

Segunda.-Condiciones o requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 17/1993, de 22 de diciembre, en cuanto resulte de aplicación y en los términos por ésta establecidos.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de instancias para tomar parte en las pruebas selectivas, y no exceder de aquélla en que faltan menos de diez años para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de las instancias para tomar parte en las pruebas selectivas.

d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera.-Solicitudes.

1. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar solicitud según modelo facilitado por el ayuntamiento, haciendo constar expresamente lo siguiente:

-Que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

-Que se compromete, en el caso de obtener la plaza, a presentar la documentación requerida en las bases y prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo señalado en el Real decreto 707/1979, de 5 de abril.

2. Las instancias se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Santiso, acompañando justificante de haber ingresado en la Tesorería Municipal el importe de los derechos de examen.

3. Los derechos de examen se fijan en 3.000 ptas., que se ingresarán en la cuenta corriente que a tal efecto se designe.

4. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Santiso o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente

al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

6. Los aspirantes con algún tipo de minusvalía podrán solicitar simultáneamente la adaptación de las condiciones físicas para la adecuada realización de las pruebas, a lo que accederá el ayuntamiento salvo circunstancias que imposibiliten materialmente tales adaptaciones.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos y demás declaraciones según lo establecido en las bases segunda y tercera, y que hayan abonado los derechos de examen.

2. Una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, el alcalde-presidente dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando los aspirantes admitidos y los excluidos, con el motivo de la exclusión. Dicha resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia, BOP de A Coruña y tablón de anuncios del ayuntamiento, con indicación del plazo para subsanaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992; resueltas dichas reclamaciones, se publicarán las listas definitivas en la misma forma que en el caso anterior.

3. En la resolución por la que se publican las listas definitivas, se señalará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio y composición nominal del tribunal calificador.

4. Cuando no concurran circunstancias que determinen la exclusión provisional de ninguno de los aspirantes, se procederá directamente a la publicación de las listas definitivas, conforme a lo previsto en los apartados anteriores.

5. La publicación en el Diario Oficial de Galicia de la resolución a que se refiere el apartado 2 del presente artículo marcará el comienzo del plazo para interponer los recursos procedentes derivados de posibles impugnaciones.

Quinta.-Tribunal calificador.

1. El tribunal, con una composición predominantemente técnica, estará constituido por los siguientes miembros:

-Presidente: un miembro de la corporación, a propuesta de la misma.

-Secretaria: la de la corporación o funcionario capacitado en quien delegue o legalmente le sustituya, con voz pero sin voto.

Vocales: un representante propuesto por la Comunidad Autónoma.

-Un funcionario con habilitación de carácter nacional, propuesto por el Colegio Oficial de la provincia.

-Un funcionario de carrera, experto en informática, nombrado por el presidente de la Diputación Provincial de A Coruña, entre funcionarios de su plantilla,

con participación de los sindicatos en su nombramiento.

-Un vocal desingado por la corporación entre sus miembros.

-Un representante designado por la universidad.

-Un funcionario de carrera, de igual o superior categoría que la plaza que se convoca, designado por la corporación.

Por cada uno de los miembros del tribunal se designará un suplente.

2. El tribunal no podrá actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros con capacidad de voto, titulares o suplentes indistintamente, debiendo figurar en todo caso el presidente y el secretario.

3. El nombramiento de las personas que integrarán el tribunal calificador se realizará por acuerdo plenario y publicado en los términos establecidos en estas bases, vistas las propuestas formuladas por los organismos correspondientes.

4. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, comunicándolo al alcalde, cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5. Los miembros del tribunal tendrán derecho, por su concurrencia a las sesiones que sea necesario celebrar, al abono de las asistencias en la cuantía reglamentariamente establecida.

6. El tribunal podrá reclamar la ayuda o asistencia de otras personas, funcionarios o no, con el objeto de que presten asesoramiento sobre la valoración de las pruebas que se van a realizar.

Sexta.-Proceso de selección.

Se desarrollará en dos fases:

a) Concurso.

b) Oposición libre.

a) Fase de concurso.

La fase de concurso, que es previa a la de la oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se calificará por el tribunal los siguientes méritos, aplicándose la valoración establecida en el correspondiente baremo y con base en la documentación aportada por los aspirantes, no siendo objeto de esta valoración aquellos méritos que no estén debidamente acreditados.

Los correspondientes méritos se acreditarán mediante fotocopia compulsada.

-Baremo de méritos.

1. Por período de tiempo inscrito en el INEM como demandante de empleo: 0,025 puntos por mes, sin que puedan computarse los períodos inferiores, con un máximo de 1 punto.

2. Por posesión de carrera universitaria concluida, 1 punto por cada carrera, con un máximo de 2 puntos.

3. Por la realización de cursos relacionados con la actividad a realizar de más de 60 horas lectivas, 0,5 puntos por curso, con un máximo de 1,5 puntos.

La calificación de esta fase deberá estar concluida antes de la celebración de la fase oposición, haciéndose público su resultado en el tablón de edictos de la Casa Consistorial.

b) Fase de oposición.

1. Las pruebas selectivas de oposición no podrán comenzar hasta que transcurran dos meses desde la publicación del anuncio de convocatoria en el BOE.

2. La publicación conteniendo el anuncio a que se refiere el apartado 3 de la base cuarta, servirá de emplazamiento a los opositores para el comienzo de las pruebas selectivas. Dicho anuncio se efectuará quince días antes del comienzo del primer ejercicio.

Los anuncios de celebración de las restantes pruebas se publicarán sucesivamente en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

3. Los opositores serán convocados para cada ejercico en llamamiento único. Serán excluidos aquellos que no comparezcan, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas y apreciadas libremente por el tribunal.

Los opositores que concurran a las pruebas, una vez comenzadas las mismas y determinado el contenido del ejercicio a desarrollar, resultarán excluidos, salvo las causas citadas en el apartado anterior y en la mismas condiciones señaladas en el mismo.

4.-Ejercicios de la oposición.

a) Primer ejercicio: de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en contestar por escrito un test de 100 preguntas con respuestas alternativas relacionadas con el contenido del programa que figura en el anexo. Se determinará previo sorteo de tres alternativas seleccionadas por el tribunal inmediatamente antes de la celebración del examen. El tiempo para la realización de este ejercicio es de 1 hora.

b) Segundo ejercicio: de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito durante el período máximo de 1 hora, un tema de carácter general extraído por sorteo por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con las materias comprendidas en el programa anexo a la convocatoria, aunque no se atengan al epígrafe concreto del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en lo que se refiere a la forma y exposición.

c) Tercer ejercicio: de carácter obligatorio para todos los aspirantes.Cconsistirá en la realización, durante el tiempo de 1 hora y 30 minutos, de un supuesto o supuestos prácticos extraído por sorteo de al menos tres alternativas que proponga el tribunal inmediatamente antes de realizarse el ejercicio y relacionados con el contenido de la parte segunda y temas 12,

13, 14 y 15 de la parte primera del programa que figura como anexo a estas bases.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos. No se permitirá el uso de comentarios doctrinales, colecciones de dictámenes o similares y, en ningún caso, textos con supuestos prácticos resueltos.

d) Cuarto ejercicio: de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en realizar un ejercicio práctico en el ordenador, extraído por sorteo de al menos tres alternativos que proponga el tribunal inmediatamente antes de realizarse el ejercicio. El tiempo será de una hora.

e) Quinto ejercicio: de carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en traducir del castellano al gallego, durante el tiempo de media hora, un documento administrativo extraído por sorteo de al menos tres alternativos que proponga el tribunal inmediatamente antes de realizarse el ejercicio.

No podrán utilizarse diccionarios ni textos legales de ninguna clase.

5. Medios materiales para la realización de los ejercicios e instrucciones generales para el desarrollo de los mismos.

a) Para la realización de las distintas pruebas, el tribunal proporcinará a los aspirantes todos los materiales necesarios.

No se permitirá la utilización de ningún otro material que el anteriormente citado.

b) Una vez finalizada la prueba, el tribunal procederá a recoger los correspondientes ejercicios y, efectuada la corrección y puntuación de las pruebas, el tribunal procederá inmediatamente a la publicación de los que han superado las pruebas por orden de puntuación y aquellos que no la han superado bajo la denominación de no apto, señalando la fecha, lugar y hora de celebración del próximo ejercicio.

6. Calificación de los ejercicios.

1º.-Cada uno de los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

2º.-En el primer ejercicio se procederá como sigue:

-Se calificará inicialmente un punto por respuesta correcta.

-El resultado obtenido tras las anteriores operaciones se dividirá por 10 siendo el cociente resultante la puntuación correspondiente al ejercicio.

-A todos los efectos será tenido en cuenta únicamente un decimal por redondeo de las centésimas.

-Cuando se señalen dos o más respuestas alternativas se considerará en todo caso incorrecta la respuesta.

3º.-Las calificaciones de los ejercicios segundo, tercero y cuarto, se obtendrán sumando las puntuaciones

otorgadas por cada uno de los miembros del tribunal, dividiendo el total por el número de asistentes, eliminándose la nota más alta y más baja cuando la diferencia entre ambas sea de tres puntos o más. El ejercicio de gallego no hará media con los demás.

4. En el primer ejercicio se tendrá en cuenta única y exclusivamente la exacta correspondencia de las respuestas señaladas por los opositores con las establecidas como correctas por el tribunal.

En los restantes ejercicios se valorará, además, la claridad y coherencia en la exposición, la precisión conceptual y la corrección en el estilo.

ANEXO

PROGRAMA

Parte I.-Organización y procedimiento.

Tema 1.-El Estado. Concepto, elementos y formas de Estado. La división de poderes y sus relaciones.

Tema 2.-La Constitución. Concepto y clases. Historia del constitucionalismo español. La Constitución española de 1978: elaboración, influencias, características, estructura y principios generales.

Tema 3.-La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión, regencia y tutela.

Tema 4.-El poder legislativo. Funciones y órganos. Elementos del órgano legislativo. Las Cortes Generales: organización, atribuciones y funcionamiento.

Tema 5.-el poder judicial. El Consejo General del Poder Judicial. La organización judicial española. El Ministerio Fiscal.

Tema 6.-Organización de la Administración Central del Estado. Órganos superiores. Presidente y vicepresidente del Gobierno. El Consejo de Ministros y las comisiones delegadas del Gobierno. Ministros y secretarios de Estado. Los gobernadores civiles. Delegados de la Administración central.

Tema 7.-Las comunidades autónomas. Los estatutos de autonomía. Régimen de competencia y las relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas.

Tema 8.-La Comunidad Autónoma de Galicia. Su estatuto, organización y estructura básica de la misma.

Tema 9.-Regulación constitucional de los tratados internacionales. Participación de España en organizaciones internacionales. Especial referencia a la Organización de Naciones Unidas.

Tema 10.-El proceso de adhesión de España a la Comunidad Europea. Examen del tratado de adhesión. Referencia al acta única europea y a los acuerdos de Maastricht.

Tema 11.-Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. Las leyes. Disposiciones con fuerza de ley. El reglamento. Otras fuentes.

Tema 12.-El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 13.-El procedimiento administrativo. Tiempo. Forma. Iniciación. Desarrollo. Examen especial de las notificaciones. Instrucción. Terminación.

Tema 14.-Los recursos administrativos. Concepto y principios generales. Recurso ordinario y de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Tema 15.-El servicio público. Los modos de gestión. Consideración especial de la concesión. Las empresas municipales y los consorcios.

Parte II.-Administración local.

Tema 16.-Evolución histórica de la Administración local en España. Entidades que comprende. Principales leyes reguladoras del régimen local.

Tema 17.-El municipio. Concepto doctrinal y legal. Organización, competencias y obligaciones mínimas.

Tema 18.-Los bienes de las entidades locales. Clasificación. Régimen de los comunales. Los montes en mano común.

Tema 19.-Los contratos administrativos en la esfera local. Régimen jurídico. Procedimiento de contratación. Selección de contratistas. Formas de extinción. Cumplimiento e incumplimiento de los contratos.

Tema 20.-Recursos de los municipios. Las ordenanzas fiscales.

Tema 21.-El presupuesto municipal. Significado y contenido. Técnicas de preparación. El presupuesto por programas. Ejecución del presupuesto. Liquidación.

Tema 22.-Contabilidad de las entidades locales. Normativa reguladora. Control y fiscalización.

Tema 23.-El término municipal. La población municipal. El padrón municipal de habitantes.

Tema 24.-Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 25.-La función pública local. Organización y clases. Funcionarios con habilitación de carácter nacional. Demás personal funcionario. Personal laboral. Personal eventual. Plantilla y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público.

Tema 26.-Derechos, deberes y situaciones de los funcionarios públicos locales. Especial referencia al régimen de Seguridad Social.

Tema 27.-La atención al público. La información administrativa. Relaciones de la Administración con los ciudadanos. El ciudadano como cliente y destinatario de los servicios y prestaciones públicas.

Tema 28.-El archivo. Organización de los fondos documentales. El archivo a disposición de la Administración, los ciudadanos y la investigación. La documentación en la Administración local. Tratamiento y análisis. Clases de documentos y su aprovechamiento.

Tema 29.-Las elecciones locales. Antecedentes y sistema actual. Constitución de 1978 y Ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general. Modificaciones posteriores.

Tema 30.-Régimen del suelo y ordenación urbana. Legislación vigente y sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal. El municipio como principal autor del urbanismo. La clasificación del suelo.

Tema 31.-Instrumentos de planeamiento urbanístico. Tipología del planeamiento municipal. Planes generales municipales. Normas subsidiarias o complementarias del planeamiento. Planes parciales. Estudios de detalle. Los programas de actuación urbanística. Proyectos de urbanización. Procedimientos de elaboración y aprobación.

Tema 32.-Ejecución del planeamiento. sistemas de actuación urbanística. Las cesiones obligatorias y gratuitas.

Tema 33.-Intervención en la edificación y uso del suelo. El derecho a edificar. Infracciones urbanísticas: restauración del orden urbanístico, expedientes sancionadores.

Parte III.-Informática.

Tema 34.-Concepto de informática. Arquitectura de ordenadores; la unidad central de proceso. La memoria central, unidad aritmética y lógica. Definición de registro. Evolución de la estructura de los ordenadores. Generaciones.

Tema 35.-La periferia de un ordenador. Soportes de la información. Equipos transcriptores. Unidades de entrada y unidades de salida. Canales de entrada y salida.

Tema 36.-El lógical. Diferentes tipos. Evolución histórica. Concepto de programa. Lenguajes de programación. El lógical funcional o sistema operativo. Los paquetes de programas.

Tema 37.-Funcionamiento en tiempo real. Multiprogramación. El tiempo compartido. Técnicas conversacionales.

Tema 38.-Estructuras de almacenamiento de datos. Tipos de ficheros. Métodos de acceso. Las bases de datos: características, objetivos y tipos.

Tema 39.-La teleinformática. Esquema genérico de trasmisión de datos a distancia y características básicas de los elementos fundamentales. Las redes públicas de trasmisión de datos.

Tema 40.-Desarrollo de una aplicación informática. Análisis del sistema y de requerimientos. Documentación. Mantenimiento de una aplicación informática.

Tema 41.-Centro de proceso de datos. Tipologías organizativas. Especialidades y funciones informáticas. Funciones del centro de proceso de datos. Las relaciones del centro de proceso de datos con el resto de la organización.

Tema 42.-La automatización de oficinas. Sistemas físicos más utilizados: los ordenadores personales. Logicales específicos para automatización de oficinas. Repercusiones organizativas de la automatización.

Santiso, 26 de febrero de 1996.

El alcalde

Rubricado