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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 15 de abril de 1996 Pág. 3.409

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

EDICTO de 14 de febrero de 1996, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, por el que se inicia la tramitación del expediente número 299 de clasificación de los montes Capelada y Couce, pertenecientes a la parroquia de Régoa, municipio de Cedeira.

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita expediente número 299 de clasificación del monte cuyas características se indican a continuación:

Denominación: A Capelada y Couce.

Comunidad: parroquia de Régoa.

Municipio: Cedeira.

Superficie: 1.477 ha.

Linderos:

Norte: Ribeira de Cortes, propiedades de los lugares de S. Andrés de Teixido y Teixidelo, orillamar hasta Vixía Herbeira.

Este: monte Faro y Herbeira, perteneciente a la comunidad de Sta. María da Pedra, municipio de Cariño, monte Armeneiros y otros, propiedades de los lugares

de Meizoso, Candocia y Biduído, monde Can de Carracedo y Chan de Salgueiro, perteneciente al ayuntamiento de Ortigueira.

Sur: monte Lume, pereteneciente a la comunidad de Montoxo, monte da Braxe, perteneciente a la comunidad de San Román de Montoxo, lugar de Balteiro perteneciente a la comunidad de Régoa.

Oeste: propiedades pertenecientes a las comunidades de Régoa y Cervo.

En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 14 de febrero de 1996, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, de 10 de octubre de 1989, común y demás disposiciones de aplicación, a medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, al objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesados, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que estimen conveniente al respecto.

A Coruña, 14 de febrero de 1996.

Manuel Puente Araújo

Secretario del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña

Ramón Olano Calleja

Instructor del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña