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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 15 de abril de 1996 Pág. 3.353

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 27 de marzo de 1996 por la que se convocan los Premios Galicia de Comunicación 1996.

Con el fin de promocionar todo lo que contribuya a profundizar en la realidad gallega, así como, para recompensar públicamente la labor que profesionales, instituciones y empresas de la comunicación vienen realizando en este sentido, la Consellería de la Presidencia y Administración Pública convoca los Premios Galicia de Comunicación 1996. A tal efecto,

DISPONGO:

Artículo único.-Se convocan los Premios Galicia de Comunicación 1996 y se aprueban sus bases, que se publican como anexo a la presente orden. Los gastos que se deriven serán sufragados con cargo a la partida 04.07.361.A 480.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 1996.

Santiago de Compostela, 27 de marzo de 1996.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública

ANEXO

Bases que rigen la convocatoria de los Premios Galicia de Comunicación 1996.

Primera.-Podrán optar a estos premios los profesionales, empresas e instituciones que durante el año 1996 hubiesen realizado una destacada labor en el ámbito de la comunicación que contribuyese a la profundización y difusión de la realidad gallega.

Segunda.-Los Premios Galicia de Comunicación 1996, dotados cada uno de ellos con un millón de pesetas, excluida la retención reglamentaria, serán cinco:

1. Premio a la mejor labor de comunicación en el ámbito nacional, referido a la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Premio a la mejor labor de comunicación en medios impresos gallegos y referido a esta Comunidad Autónoma.

3. Premio a la mejor labor de comunicación en medios radiofónicos gallegos y referido a esta comunidad.

4. Premio a la mejor labor de comunicación en televisión, referido a Galicia.

5. Premio a la mejor empresa o institución que destacase por un singular esfuerzo en el campo de la comunicación.

Tercera.-El plazo de presentación de los trabajos finalizará el día 15 de octubre de 1996.

Cuarta.-La presentación se hará en sobre cerrado y la solicitud vendrá firmada por el interesado o persona o institución que proponga el otorgamiento del premio en favor de un tercero. En el exterior del sobre figurará como dirección la Secretaría General de Comunicación (edificio administrativo nº 1 -centralde San Caetano, Santiago de Compostela) y portará la documentación que sigue:

a) Si el trabajo se ha difundido en una publicación periódica se unirán seis ejemplares del periódico o revista en que aparece, indicando cual es el trabajo y a que premios opta, así como el nombre y dirección del autor.

Si el trabajo se publicó con seudónimo o sin firmar, será necesario presentar un certificado de la empresa periodística correspondiente que acredite quien es el autor.

b) Si el trabajo se radió o emitió por la televisión, presentará dos cintas con el programa o programas, indicando a que premio opta, así como el nombre y dirección del autor. Se unirá asimismo, un certificado del director de la emisora en el que conste la fecha de emisión y el autor.

c) En el supuesto de concurrir a la modalidad establecida en el nº 5 de la base 2ª, se adjuntará una memoria explicativa que destaque la labor realizada en el campo de la comunicación, con la documentación acreditativa de los extremos contenidos en la memoria de referencia.

Quinta.-El jurado para la adjudicación de estos premios será nombrado por el secretario general de Comunicación. Lo constituirán personas escogidas por sus conocimientos en las materias objecto de los premios.

Sexta.-Al margen de lo expuesto en el apartado cuatro de estas bases, los miembros del jurado podrán presentar libremente a cuantos profesionales, empresas o instituciones consideren merecedores de optar a estos premios.

Séptima.-El veredicto del jurado se hará público en un acto que tendrá lugar a partir de la fecha de recepción de los trabajos.

Octava.-Los trabajos recibidos no serán devueltos a sus autores. La Secretaría General de Comunicación podrá publicarlos o emitirlos, sin fin lucrativo.

Novena.-Las decisiones del jurado serán inapelables y el premio o premios que éste considere oportuno podrán ser declarados desiertos.