La Consellería de Familia, Mujer y Juventud, a través de la Dirección General de Juventud, lleva a cabo el programa de fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos la promoción y organización de actividades de animación sociocultural destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y el tiempo libre.
Asumidas las competencias en este campo por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, y consciente esta consellería de la importancia que tiene facilitar canales por los que la juventud pueda participar en este tipo de actividades, es por lo que este año, al igual que en años anteriores, se convoca la Campaña Verano-96.
La oferta de la Campaña Verano-96 comprende, además de aquellas que se desarrollan en la Comunidad Autónoma gallega, actividades de ámbito nacional, teniendo lugar su celebración en otras comunidades autónomas de España.
La Dirección General de Juventud pretende de esta forma potenciar los intercambios de jóvenes, a través de la realización de diversas actividades relacionadas con el ocio y el tiempo libre, todas ellas organizadas fuera de Galicia, con el fin de enriquecer la cultura de la juventud, fomentando la convivencia con jóvenes de otras comunidades autónomas. Por todo ello,
DISPONGO:
Artículo 1º
Con el objetivo de facilitar a los jóvenes la participación en actividades de tiempo libre organizadas fuera de Galicia, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, a través de la Dirección General de Juventud, oferta un plan general de actividades que se detalla en el anexo I de la presente orden.
Las diferentes actividades que integran esta oferta general se desarrollarán en las comunidades autónomas de España en quincenas de quince días durante los meses de julio y agosto.
En los servicios de juventud de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en las oficinas y puntos de información juvenil de la Red Gallega de Información y Documentación Juvenil o en las oficinas TIVE-Galicia, los jóvenes pueden solicitar folletos de convocatoria de la presente campaña, donde se detalla una información amplia sobre la organización de cada actividad, lugar de celebración y características de cada una.
Artículo 2º
La Dirección General de Juventud organiza y coordina todas las actividades motivo de la presente con
vocatoria a través de la Oficina de Turismo e Intercambios de Jóvenes y Estudiantes de Galicia (TIVE-GALICIA).
Artículo 3º.-Servicios ofertados.
La oferta de la Campaña de Verano-96 supone la inscripción individual y le permite a la juventud disponer de los siguientes servicios:
3.1. Un programa de actividades de aire libre y naturaleza, rutas turístico-culturales, recreativas, talleres, etc., que posibiliten la participación de los jóvenes y la convivencia con jóvenes de otras comunidades autónomas.
3.2. Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o acampadas.
3.3. Manutención en régimen de pensión completa.
3.4. El material necesario para la actividad.
3.5. Un equipo técnico de personal especializado en animación socio-cultural y actividades de tiempo libre.
3.6. Seguro de accidentes.
Artículo 4º.-Participantes.
Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en la presente convocatoria los jóvenes con edades comprendidas en el rango de edades que se especifica para cada actividad en el anexo I. Para estos efectos, las edades mínimas se entenderán cumplidas durante el año 1996, excepto en aquellos casos en que la edad mínima son los dieciocho años, en que se entenderán cumplidos antes del comienzo de la actividad.
En relación al tope máximo de edad establecido para cada actividad, se tendrá, en su caso, a 1-7-1996 para aquellas que se desarrollen en julio y a 1-8-1996 para las que se desarrollen en agosto, no admitiéndose aquellas solicitudes en las que el solicitante no cumpla los dichos requisitos de edad para la actividad solicitada.
Artículo 5º.-Solicitud.
5.1. Las solicitudes deberán formularse en el impreso que se indica en el anexo II, de esta orden. Cada joven únicamente podrá cubrir una solicitud y un máximo de tres turnos o actividades por solicitud (cada turno o actividad va identificado con un código en el anexo I de esta orden). Junto con la solicitud se presentará fotocopia del DNI o de la hoja correspondiente del libro de familia.
5.2. Las solicitudes se dirigirán al director general de Juventud, y se presentarán en el registro general de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, en los de sus delegaciones provinciales o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Artículo 6º.-Plazo.
El plazo de solicitud se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, y finalizará el día 9 de mayo de 1996.
Artículo 7º.-Adjudicación de plazas.
La adjudicación de plazas se realizará de la siguiente forma:
7.1. Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere la oferta de plazas.
7.2. Por sorteo, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles.
El sorteo se realizará una vez cerrado el plazo de solicitud y recibidas todas las solicitudes.
El resultado del sorteo se hará público, confeccionando las correspondientes listas de admitidos y de espera para cada turno y actividad.
Artículo 8º.-Documentación.
Los participantes seleccionados deberán presentar en la Dirección General de Juventud o en las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud en el plazo de diez días desde la
recepción del escrito de adjudicación de plaza, la siguiente documentación:
8.1. Justificación de pago.
8.2. Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social o seguro médico.
8.3. Cuestionario médico-sanitario (anexo III).
8.4. Certificado médico de no padecer ninguna enfermedad y estar apto para participar en la actividad.
En caso contrario decaerá la adjudicación realizada y le corresponderá al siguiente solicitante la lista de espera.
Artículo 9º.-Precios.
Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I de esta orden.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.
Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 8 de marzo de 1996.
Manuela López Besteiro
Conselleira de Familia, Mujer y Juventud
ANEXO I
autónoma
plazaComunidad
Instalación juvenil Modalidad Edad Fecha Importe
Código
Asturias
Residencia juvenil Gil de Siloe
Itinerante en tiendas campaña
Itinerante en tiendas de campaña
Valenciana Albergue juvenil Morella
Principado de
Albergue juvenil Arriondas y albergue juvenil Fonte del Cai Naturaleza y deporte 15-17 2 al 16/julio 22.000 500.001
Baleares Campamento juvenil La Victoria Multiaventura 15-17 1 al 15/agosto 35.000 500.002
Canarias Residencia juvenil Sta. María de Guía Encuentro turístico-cultural 14-17 16 al 30/julio 40.000 500.003
Castilla-León Albergue juvenil Navarredondo de Gredos Aventuras al aire libre 15-17 1 al 15/julio 22.000 500.004
Campamento juvenil Covaleda Encuentro interautonómico 12-14 1 al 15/agosto 22.000 500.005
Residencia juvenil Consejo Europa
Ruta interautonómica 15-17 1 al 15/agosto 22.000 500.006
Murcia Albergue juvenil El Peñasco Deporte y naturaleza 14-17 2 al 16/julio 22.000 500.007
Albergue juvenil El Peñasco Deporte y naturaleza 14-17 17 al 31/julio 22.000 500.008
Navarra Campamento juvenil Valle de Ulzana Aula naturaleza 13-15 2 al 16/agosto 22.000 500.009
Pirineos Navarro, Ochagavia, Valle de Solazosa
Travesía itinerante 18-23 17 al 31/julio 22.000 500.010
Pirineo Navarro, Valle de Belagara
Travesía itinerante 15-17 17 al 31/julio 22.000 500.011
La Rioja Campamento juvenil El Molino Viejo Aula naturaleza y aire libre 12-14 2 al 16/julio 22.000 500.012
Campamento juvenil Hospital S. José Montaña y escalada 14-17 2 al 16/julio 22.000 500.013
Comunidad
Albergue juvenil Argentina de Benicassím
Encuentro interautonómico 15-17 1 al 15/agosto 22.000 500.014
2660